DECRETO 2420 DE 2012
(noviembre 27)
D.O. 48.628, noviembre 28 de 2012
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará los días 29 de noviembre a partir de las 17:00 horas y 30 de noviembre del presente año, a la ciudad de Lima (Perú), con el fin de participar en la VI Reunión del Consejo de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno-Unasur.
Que el mismo día 30 de noviembre y hasta el 1° de diciembre del presente año, se trasladará desde la Ciudad de Lima (Perú), a la Ciudad de México (República de los Estados Unidos Mexicanos), con el fin de asistir a la ceremonia de toma de Posesión del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, señor Enrique Peña Nieto.
Que el regreso lo realizará el día 1° de diciembre en horas de la noche.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Defensa Nacional, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario.
DECRETA:
Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Defensa Nacional, doctor Juan Carlos Pinzón Bueno, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304, 314 y 323.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de noviembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN