DECRETO 242 DE 2012

Decretos 2012

 DECRETO 242 DE 2012

(febrero 1°)

 D.O. 48.330, febrero 1 de 2012

 por el cual se establece la planta de empleos de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – SPC y se dictan otras disposiciones.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 4150 de 2011, se escindieron las funciones de orden administrativo y de ejecución de actividades que soportan al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -Inpec, y en virtud de las facultades extraordinarias establecidas en los literales e) y f) del artículo 18 de la Ley 1444 de 2011, se creó la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios, determinando su estructura.

Que como consecuencia de lo anterior, se hace necesario modificar la planta de empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -Inpec.

Que el artículo 30 del Decreto número 4150 de 2011 determinó que el “El Gobierno Nacional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales procederá a adoptar la planta de personal de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (SPC)”.

Que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -Inpec presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto número 1227 de 2005, para efectos de modificar la planta de empleos, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP.

Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.

Que el Consejo Directivo de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios –SPC en la sesión del día 19 de diciembre de 2011, según Acta número 001, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la Creación de la planta de personal del INPEC.

DECRETA:

Artículo 1°. Las funciones propias de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – SPC, serán atendidas por la planta de empleos que se crea a continuación:

N° CARGOS

 DENOMINACIÓN

CÓDIGO

 GRADO

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL

1 (Uno)

 Director General

 0015

25

1 (Uno)

 Asesor

 1020

10

1 (Uno)

 Asesor

 1020

06

1 (Uno)

Secretario ejecutivo

 4210

24

1 (Uno)

 Auxiliar administrativo

 4044

13

PLANTA GLOBAL

3 (Tres)

Director Operativo

 0100

23

1 (Uno)

 Director Administrativo y Financiero

 0100

23

2 (Dos)

 Jefe de Oficina

 0137

17

1 (Uno)

 Subdirector Administrativo

 0150

19

1 (Uno)

 Subdirector Financiero

 0150

19

5 (Cinco)

 Subdirector Operativo

 0150

19

2 (Dos)

 Jefe de Oficina Asesora

 1045

11

6 (Seis)

 Profesional Especializado

 2028

21

24 (Veinticuatro)

Profesional Especializado

 2028

18

14 (Catorce)

Profesional Especializado

 2028

13

6 (Seis)

Profesional Especializado

 2028

15

40 (Cuarenta)

Profesional Universitario

 2044

11

48 (Cuarenta y ocho)

 Profesional Universitario

 2044

 9

13 (Trece)

 Profesional Universitario

 2044

 7

35 (Treinta y cinco)

 Profesional Universitario

 2044

 5

4 (Cuatro)

 Analista de sistemas

 3003

17

14 (Catorce)

 Analista de sistemas

 3003

15

2 (Dos)

 Técnico Administrativo

 3124

16

10 (Diez)

Técnico Administrativo

 3124

15

15 (Quince)

Técnico Administrativo

 3124

13

27 (Veintisiete)

 Técnico Administrativo

 3124

 9

21 (Veintiuno)

Técnico Operativo

 3132

13

14 (Catorce)

 Técnico Operativo

 3132

10

17 (Diecisiete)

 Auxiliar Administrativo

 4044

18

78 (Setenta y ocho)

 Auxiliar Administrativo

 4044

13

54 (Cincuenta y cuatro)

 Auxiliar Administrativo

 4044

11

25 (Veinticinco)

 Auxiliar de Servicios

 4064

11

5 (Cinco)

 Secretario Ejecutivo

 4210

22

10 (Diez)

 Secretario

 4178

13

5 (Cinco)

 Conductor Mecánico

 4103

13

1 (Uno)

 Pagador

 4173

20

Artículo 2°. El Director General de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios – SPC, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la Entidad.

Artículo 3°. El Director General de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -SPC, proveerá los empleos creados en el presente decreto, mediante la incorporación directa de los servidores del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -Inpec necesarios para atender las funciones de la Unidad de Servicios Penitenciarios y cuya incorporación se haya ordenado en esta entidad. Los demás empleos de la planta de personal se proveerán de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

Parágrafo. Los funcionarios que ocupen cargos de carrera provenientes del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario -INPEC serán reubicados en empleos iguales o equivalentes de la planta de empleos de la Unidad de Servicios Penitenciario y Carcelarios -SPC.

Artículo 4°. El Director General proveerá los empleos creados en el presente decreto, de acuerdo con las disposiciones legales vigente y conforme a las apropiaciones presupuestales.

Artículo 5°. Los empleos vacantes de la planta de empleos de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios -SPC, serán provistos de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la materia.

Artículo 6°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.C., a 1° de febrero de 2012.

 JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Justicia y del Derecho,

 Juan Carlos Esguerra Portocarrero.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *