DECRETO 2335 DE 2012

Decretos 2012

DECRETO 2335 DE 2012

 (noviembre 15)

D.O. 48.615, noviembre 15 de 2012

 por el cual se designa Superintendente de Notariado y Registro Ad-hoc.

El Ministro de Defensa Nacional, Delegatario de funciones Presidenciales en virtud del Decreto número 2305 del 8 de noviembre de 2012, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 189 numeral 13 de la Constitución Política y 87 de la Ley 734 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el doctor Jorge Enrique Vélez García, Superintendente de Notariado y Registro, en auto motivado de fecha 24 de octubre de 2012, se declaró impedido para conocer en segunda instancia el proceso disciplinario número 2756-2012 adelantado por la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Superintendencia de Notariado y Registro, en contra de funcionarios de la Oficina Seccional de Registro de Instrumentos Públicos de Cereté, Córdoba, por ser quien formuló directamente la queja en su contra.

Que la Ministra de Justicia y del Derecho estudió la manifestación de impedimento presentada por el Superintendente de Notariado y Registro, doctor Jorge Enrique Vélez García, y con fundamento en los artículos 61 literal h) de la Ley 489 de 1998 y 87 de la Ley 734 de 2002, expidió la Resolución número 0745 de 8 de noviembre de 2012, mediante la cual aceptó el impedimento.

Que se hace necesario designar un Superintendente de Notariado y Registro Ad-hoc para conocer en segunda instancia el proceso disciplinario número 2756-2012 que adelanta la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Superintendencia de Notariado y Registro.

DECRETA:

Artículo 1°. Desígnase como Superintendente de Notariado y Registro Ad-hoc, a la doctora Ligia Isabel Gutiérrez Araújo, identificada con la cédula de ciudadanía número 41771649, actual Superintendente Delegada para el Notariado, para que asuma en segunda instancia el conocimiento del proceso disciplinario número 2756-2012, adelantado en contra de los funcionarios de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cereté, Córdoba.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de noviembre de 2012.

 JUAN CARLOS PINZÓN BUENO

La Ministra de Justicia y del Derecho,

Ruth Stella Correa Palacio.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *