DECRETO 2224 DE 2012

Decretos 2012

DECRETO 2224 DE 2012

(octubre 29)

 D.O. 48.598, octubre 29 de 2012

por el cual se designa Ministro de Transporte ad hoc.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 1, del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Ministros con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó el impedimento manifestado por la señora Ministra de Transporte, doctora Cecilia Álvarez Correa-Glen, para conocer y decidir sobre todos los asuntos relacionados con las Sociedades Portuarias Regionales de Cartagena y Buenaventura.

Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio será el Presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los ministros del despacho.

Que el Presidente de la República con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, determinó nombrar como Ministro de Transporte ad hoc al Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Mauricio Cárdenas Santa María,

DECRETA:

Artículo 1°. Nómbrese como Ministro de Transporte ad hoc, al doctor Mauricio Cárdenas Santa María, Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que conozca y decida sobre los asuntos de su competencia relacionados con las Sociedades Portuarias Regionales de Cartagena y Buenaventura.

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de octubre de 2012.

 JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.

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