DECRETO 2105 DE 2013
(septiembre 27)
D.O. 48.926, septiembre 27 de 2013
por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal administrativo del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez” y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 54 literales m) y n) y 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez”, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal administrativo, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable para modificar la Planta de Personal Administrativo del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez”.
Que el Consejo Directivo del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez” según Acta número 02 del 26 de abril de 2013, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal administrativo;
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébase la supresión de los cargos de la planta de personal administrativo del Instituto Técnico Nacional de Comercio ‘“Simón Rodríguez”, así:
N° de Cargos
Dependencia y Denominación del Cargo
Código
Grado
DESPACHO DEL RECTOR
1 (Uno)
Rector de Institución Técnica Profesional
0151
05
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
19
PLANTA GLOBAL
1 (Uno)
Vicerrector de Institución Técnica Profesional
0171
04
1 (Uno)
Secretario General de Institución Técnica Profesional
0161
03
4 (Cuatro)
Director de Unidad de Institución Técnica Profesional
2195
11
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
12
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
06
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
08
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
07
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
05
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
13
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
06
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
05
1 (Uno)
Pagador
4173
20
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
15
1 (Uno)
Secretario
4178
10
2 (Dos)
Secretario
4178
09
3 (Tres)
Celador
4097
03
Artículo 2°. Las funciones propias de las diferentes dependencias del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez”, serán atendidas por la planta de personal administrativo que a continuación se establece:
N° de Cargos
Dependencia y Denominación del Cargo
Código
Grado
DESPACHO DE LA RECTORÍA
1 (Uno)
Rector de Institución Técnica Profesional
0151
06
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
12
PLANTA GLOBAL
2 (Dos)
Vicerrector de Institución Técnica Profesional
0171
04
1 (Uno)
Secretario General de Institución Técnica Profesional
0161
04
4 (Cuatro)
Director de Unidad de Institución Técnica Profesional
0141
02
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
12
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
06
13 (Trece)
Profesional Universitario
2044
01
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
10
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
07
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
05
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
15
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
08
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
05
1 (Uno)
Pagador
4173
22
2 (Dos)
Secretario
4178
11
1 (Uno)
Secretario
4178
10
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
21
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
17
2 (Dos)
Celador
4097
04
1 (Uno)
Celador
4097
03
Artículo 3°. El Rector distribuirá los cargos de la planta global a la que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes, los proyectos y los programas de la entidad.
Artículo 4°. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal administrativo que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su publicación.
Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal administrativo y tomen posesión del cargo.
Artículo 5°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal administrativo se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y sus decretos reglamentarios y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 267 de 2004.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de septiembre de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
La Ministra de Educación Nacional,
María Fernanda Campo Saavedra.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.