DECRETO 2105 DE 2013

Decretos 2013

DECRETO 2105 DE 2013

(septiembre 27)

D.O. 48.926, septiembre 27 de 2013

por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal administrativo del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez” y se dictan otras disposiciones.

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 54 literales m) y n) y 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez”, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto ley 019 de 2012 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal administrativo, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable para modificar la Planta de Personal Administrativo del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez”.

Que el Consejo Directivo del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez” según Acta número 02 del 26 de abril de 2013, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal administrativo;

DECRETA:

Artículo 1°. Apruébase la supresión de los cargos de la planta de personal administrativo del Instituto Técnico Nacional de Comercio ‘“Simón Rodríguez”, así:

N° de Cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

Código

Grado

DESPACHO DEL RECTOR

1 (Uno)

Rector de Institución Técnica Profesional

0151

05

1 (Uno)

Secretario Ejecutivo

4210

19

PLANTA GLOBAL

1 (Uno)

Vicerrector de Institución Técnica Profesional

0171

04

1 (Uno)

Secretario General de Institución Técnica Profesional

0161

03

4 (Cuatro)

Director de Unidad de Institución Técnica Profesional

2195

11

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

12

1 (Uno)

Profesional Universitario

2044

06

1 (Uno)

Técnico Administrativo

3124

08

1 (Uno)

Técnico Administrativo

3124

07

1 (Uno)

Técnico Administrativo

3124

05

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

13

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

06

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

05

1 (Uno)

Pagador

4173

20

1 (Uno)

Secretario Ejecutivo

4210

15

1 (Uno)

Secretario

4178

10

2 (Dos)

Secretario

4178

09

3 (Tres)

Celador

4097

03

Artículo 2°. Las funciones propias de las diferentes dependencias del Instituto Técnico Nacional de Comercio “Simón Rodríguez”, serán atendidas por la planta de personal administrativo que a continuación se establece:

N° de Cargos

Dependencia y Denominación del Cargo

Código

Grado

DESPACHO DE LA RECTORÍA

1 (Uno)

Rector de Institución Técnica Profesional

0151

06

2 (Dos)

Profesional Especializado

2028

12

PLANTA GLOBAL

2 (Dos)

Vicerrector de Institución Técnica Profesional

0171

04

1 (Uno)

Secretario General de Institución Técnica Profesional

0161

04

4 (Cuatro)

Director de Unidad de Institución Técnica Profesional

0141

02

1 (Uno)

Profesional Especializado

2028

12

1 (Uno)

Profesional Universitario

2044

06

13 (Trece)

Profesional Universitario

2044

01

1 (Uno)

Técnico Administrativo

3124

10

1 (Uno)

Técnico Administrativo

3124

07

1 (Uno)

Técnico Administrativo

3124

05

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

15

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

08

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

4044

05

1 (Uno)

Pagador

4173

22

2 (Dos)

Secretario

4178

11

1 (Uno)

Secretario

4178

10

1 (Uno)

Secretario Ejecutivo

4210

21

1 (Uno)

Secretario Ejecutivo

4210

17

2 (Dos)

Celador

4097

04

1 (Uno)

Celador

4097

03

Artículo 3°. El Rector distribuirá los cargos de la planta global a la que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes, los proyectos y los programas de la entidad.

Artículo 4°. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal administrativo que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días, contados a partir de la fecha de su publicación.

Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal administrativo y tomen posesión del cargo.

Artículo 5°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal administrativo se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y sus decretos reglamentarios y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 267 de 2004.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de septiembre de 2013.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Ministra de Educación Nacional,

María Fernanda Campo Saavedra.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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