DECRETO 1986 DE 2013
(septiembre 12)
D.O. 48.911, septiembre 12 de 2013
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Nota: Modificado por el Decreto 1837 de 2016.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, presentó el estudio técnico del que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto–ley 019 de 2012, y los artículos 95 a 97 del Decreto número 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, los siguientes empleos:
N° Cargos
Denominación del Cargo
Código
Grado
DESPACHO DEL MINISTRO
1 (Uno)
Asesor
1020
07
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
17
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
16
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE DESARROLLO RURAL
1 (Uno)
Viceministro
0020
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
17
PLANTA GLOBAL
2 (Dos)
Jefe de Oficina
0137
21
1 (Uno)
Jefe Oficina Asesora de Planeación
1045
16
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
21
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
18
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
17
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
16
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
15
3 (Tres)
Profesional Especializado
2028
14
5 (Cinco)
Profesional Especializado
2028
13
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
12
N° Cargos
Denominación del Cargo
Código
Grado
4 (Cuatro)
Profesional Universitario
2044
11
2 (Dos)
Profesional Universitario
2044
09
3 (Tres)
Técnico Administrativo
3124
15
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
13
Artículo 2°. Créanse a partir del 1° de enero de 2014, adicionales a la planta anterior, los cargos de la planta de personal que se establecen a continuación, para lo cual el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se compromete a apropiar los recursos en el presupuesto de esa vigencia:
N° Cargos
Denominación del Cargo
Código
Grado
DESPACHO DEL MINISTRO
3 (Tres)
Asesor
1020
12
1 (Uno)
Asesor
1020
07
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
15
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
13
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ASUNTOS AGROPECUARIOS
1 (Uno)
Asesor
1020
12
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
17
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
15
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE DESARROLLO RURAL
1 (Uno)
Asesor
1020
07
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
15
PLANTA GLOBAL
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
21
3 (Tres)
Profesional Especializado
2028
18
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
17
6 (Seis)
Profesional Especializado
2028
16
4 (Cuatro)
Profesional Especializado
2028
15
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
14
4 (Cuatro)
Profesional Especializado
2028
13
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
12
4 (Cuatro)
Profesional Universitario
2044
11
1 (Uno)
Técnico
3100
15
4 (Cuatro)
Técnico Administrativo
3124
15
Artículo 3°. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural distribuirá los cargos de la planta global a que se refieren los artículos primero y segundo del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 4°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente a los Decretos 3745 de 2003, 1929 de 2004, 4231 de 2004, 2478 de 2004, 1738 de 2005, 2403 de 2005, 3100 de 2005, 1114 de 2006, 2446 de 2006, 4487 de 2006 y 4908 de 2007, y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 12 de septiembre de 2013.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Mauricio Cárdenas Santamaría.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Rubén Darío Lizarralde.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.