DECRETO 1965 DE 2012
(septiembre 21)
D.O. 48.560, septiembre 21 de 2012
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará a los Estados Unidos de Norteamérica, los días 23 y 24 de septiembre a partir de las 12:30 horas, a la Ciudad de Lawrence-Kansas, con el fin de realizar una Visita de Trabajo con altos empresarios y estudiantes de Universidad;
Que los días 24, 25, 26 y 27 de septiembre se trasladará a la Ciudad de Nueva York, para intervenir ante la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), reuniones bilaterales con Presidentes y Ministros de otros países, lo mismo que con empresarios y funcionarios de alto nivel;
Que el día 27 de septiembre se trasladará a la Ciudad de Miami, para asistir a un evento con empresarios;
Que el regreso se realizará el día 28 de septiembre de 2012, en horas de la tarde;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Defensa Nacional está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Defensa Nacional, doctor Juan Carlos Pinzón Bueno, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304, 314 y 323.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de septiembre de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN