DECRETO 1728 DE 2012
(agosto 16)
D.O. 48.524, agosto 16 de 2012
por el cual se suprime la Notaría Cuarta del Círculo Notarial de Buenaventura, Valle del Cauca, y se dictan otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política y el artículo 126 del Decreto número 960 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 3° del artículo 131 de la Constitución Política de Colombia establece que “corresponde al gobierno la creación, supresión y fusión de los círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarios y oficinas de registro”;
Que los numerales 11 del artículo 12 y 15 del artículo 13 del Decreto número 2163 del 17 de junio de 2011, facultan al Superintendente de Notariado y Registro para proponer al Gobierno Nacional la supresión de notarías;
Que mediante el Decreto número 4503 del 19 de diciembre de 2006 el Gobierno Nacional creó la Notaría Cuarta del Círculo Notarial de Buenaventura, Valle del Cauca, de Primera Categoría;
Que el Círculo Notarial de Buenaventura comprende la ciudad de Buenaventura, y dentro del mismo funcionan tres notarías de primera categoría;
Que en cumplimiento a lo ordenado mediante Sentencia SU-913 del 11 de diciembre de 2009, proferida por la Corte Constitucional, el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 5043 del 29 de diciembre de 2009, a través del cual nombró al doctor Ceferino Mosquera Murillo como Notario Cuarto en propiedad del Círculo de Buenaventura, Valle del Cauca;
Que a través de comunicación del 4 de febrero de 2010, el doctor Ceferino Mosquera Murillo, informó a la Superintendencia de Notariado y Registro, su intención irrevocable de no posesionarse para ejercer el cargo de Notario Cuarto del Círculo de Buenaventura, Valle del Cauca, por cuanto según el doctor Mosquera Murillo la no existencia en forma física de la Notaría y los problemas económicos de la ciudad de Buenaventura, hacen inviable el funcionamiento de ese despacho notarial en dicho círculo;
Que el doctor Jorge Enrique Vélez García, Superintendente de Notariado y Registro, mediante Oficio SNR2012EE002239 del 26 de enero de 2012, radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho con el EXT12-0002660 del 10 de febrero de 2012, propuso al Gobierno Nacional la supresión de la Notaría Cuarta del Círculo Notarial de Buenaventura, departamento del Valle del Cauca;
Que en el estudio “Supresión de la Notaría Cuarta de Buenaventura, Valle del Cauca”, elaborado en el mes de noviembre de 2010 por la Superintendencia de Notariado y Registro, y complementado por la misma entidad en mayo de 2012, se evidencia que, durante los últimos cinco (5) años, el promedio de escrituración de las tres notarías que actualmente funcionan en el Círculo Notarial de Buenaventura es suficiente para abarcar en su totalidad el servicio publico notarial de ese municipio. De igual forma, el referido estudio indica que no es viable económicamente autorizar el funcionamiento de dicha Notaría por las dificultades presupuestales para subsidiarla;
Que la doctora Zorayda Celis Carrillo, Directora de Gestión Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante escrito del 31 de mayo de 2012, certificó “que revisado el archivo que reposa en la Dirección de Gestión Notarial, se establece que no se ha designado por parte del Gobierno Nacional quién ejerza el cargo de Notario Cuarto en el Círculo de Buenaventura, Valle, distrito del realizado al doctor Mosquera Murillo”;
Que el artículo 126 del Decreto ley 960 de 1970 establece que “Si el promedio anual de escrituras otorgadas en los cinco años anteriores en un Círculo de Notaría resultare inferior a tres mil por cada Notario, en los de primera categoría o de dos mil por cada Notario, en los de segunda y tercera, podrán suprimirse oficinas sobrantes según el orden numérico y mediante Decreto del Gobierno Nacional”;
Que la Notaría Cuarta del Círculo de Buenaventura, Valle del Cauca, desde su fecha de creación se encuentra vacante y al no haber entrado en funcionamiento no registra promedio alguno de escrituración;
Que el Acuerdo número 010 del 2 de diciembre de 2010, por medio del cual se declararon desiertos los concursos de las notarías de algunos círculos, entre estos, el de la Notaría Cuarta de Buenaventura, y el Acuerdo número 011 del 2 de diciembre de 2010, por medio del cual se convocó a concurso público y abierto para el nombramiento de notarios en propiedad e ingreso a la carrera notarial para 157 notarías, fueron modificados por el Acuerdo número 01 del 24 de enero de 2011, en el sentido de dejar sin efectos la declaratoria de desierto del concurso de la Notaría Cuarta del Círculo de Buenaventura, Valle del Cauca, y excluirla del Acuerdo número 011 del 2 de diciembre de 2010, teniendo en cuenta que esta debía suprimirse, dada su inviabilidad económica;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Supresión. Suprímase la Notaría Cuarta del Círculo Notarial de Buenaventura, Valle del Cauca, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Modificación de un círculo notarial. Modifíquese el número de notarías en el Círculo Notarial de Buenaventura, Valle del Cauca, el cual quedará conformado por las notarías primera, segunda y tercera, todas de primera categoría.
Artículo 3°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 4503 del 19 de diciembre de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de agosto de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
La Ministra de Justicia y del Derecho,
Ruth Stella Correa Palacio.