DECRETO 1344 DE 2012

Decretos 2012

DECRETO 1344 DE 2012

 (junio 22)

D.O. 48.469, junio 22 de 2012

 por el cual se modifica el Decreto 855 de 2012.

Nota 1: Derogado por el Decreto 1031 de 2013, artículo 18.

Nota 2: Aclarado por el Decreto 1426 de 2012.

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Asignaciones básicas. Fíjanse, a partir del 1° de julio de 2012, las siguientes escalas de asignación básica mensual para los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil:

 GRADO

DIRECTIVO

 ASESOR

PROFESIONAL

 TÉCNICO

ASISTENCIAL

 1

3.584.362

 3.216.371

2.697.636

 1.730.454

1.012.874

 2

3.923.246

 3.517.526

2.996.420

 1.851.801

1.050.297

 3

4.301.964

 4.107.081

3.208.315

 1.919.646

1.157.583

 4

4.920.005

 4.334.710

3.396.791

 2.020.729

1.241.321

 5

5.604.194

3.643.100

 2.208.696

1.329.181

 6

5.991.693

3.853.924

 2.326.078

1.427.736

 7

6.912.079

4.069.055

 2.497.539

1.514.002

 8

7.997.275

4.422.779

1.858.364

 9

2.072.520

Parágrafo 1°. En las escalas de asignación básica de que trata el presente artículo, la primera columna señala los grados que corresponden a las distintas denominaciones de empleos, la segunda y siguientes determinan las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel.

Parágrafo 2°. Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

Artículo 2°. Aclarado por el Decreto 1426 de 2012, artículo 1º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el artículo 1° del Decreto 855 de 2012 y surte efectos fiscales a partir del 1° de julio de 2012.

Texto inicial del artículo 2º: “Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el artículo 1° del Decreto 855 de 2012 y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2012.”.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de junio de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *