DECRETO 1243 DE 2012

Decretos 2012

DECRETO 1243 DE 2012

 (junio 13)

D.O. 48.460, junio 13 de 2012

por el cual se ajusta el presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal de 2012.

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 16 del Decreto ley 4950 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el 18 de julio de 2011 fue promulgado el Acto Legislativo 05 de 2011 “Por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el régimen de regalías y compensaciones”.

Que el parágrafo 1° del artículo 2° del Acto Legislativo 05 de 2011, modificatorio del artículo 361 de la Constitución Política estableció que los recursos del Sistema General de Regalías no harán parte del Presupuesto General de la Nación, ni del Sistema General de Participaciones y que el Sistema General de Regalías tendrá su propio sistema presupuestal.

Que el parágrafo 5° transitorio del artículo 2° del Acto Legislativo 05 de 2011, modificatorio del artículo 361 de la Constitución Política, señaló que el Sistema General de Regalías regirá a partir del 1° de enero de 2012.

Que mediante el parágrafo 6° transitorio del artículo 2° del Acto Legislativo 05 de 2011, modificatorio del artículo 361 de la Constitución Política, y con el fin de asegurar la ejecución de los recursos en la vigencia 2012, se habilitó al Gobierno Nacional expedir el presupuesto del Sistema General de Regalías para la citada vigencia fiscal, mediante decreto con fuerza de ley.

Que mediante el Decreto ley 4923 de 2011 se establecieron los criterios de distribución de los recursos que integran el Sistema General de Regalías, al igual que se definieron unas destinaciones y beneficiarios particulares en el marco de lo dispuesto por el Acto Legislativo 05 de 2011.

Que mediante el Decreto ley 4950 de 2011 se expidió el presupuesto del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal de 2012, en virtud de lo dispuesto en el parágrafo transitorio 6° del artículo 2° del Acto Legislativo 05 de 2011.

Que el Congreso de la República, dentro de los plazos definidos por el Acto Legislativo 05 de 2011, aprobó el Proyecto de ley número 127 de 2011 Cámara, 153 de 2011 Senado por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías.

Que el Presidente de la República sancionó la Ley 1530 de 2012 por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías, en la cual se establecieron los criterios de distribución de los recursos que integran el Sistema General de Regalías, al igual que se definieron unas destinaciones y beneficiarios particulares en el marco de lo dispuesto por el Acto Legislativo 05 de 2011.

Que el artículo 16 del Decreto 4950 de 2011 habilita al Gobierno Nacional para que adelante los ajustes necesarios al presupuesto del Sistema General de Regalías cuando se presenten diferencias sustantivas entre los recursos presupuestados y los efectivamente recaudados, así como las correcciones necesarias para enmendar, entre otros, errores de cálculo que se presenten en la distribución del presupuesto.

Que se hace necesario ajustar el Decreto 4950 de 2011, en virtud de que el Ministerio de Minas y Energía aumentó las proyecciones de ingresos del Sistema General de Regalías para la vigencia 2012 en $822.678.179.528 pesos.

Que la Ley 1530 de 2012, establece que un 10% de los recursos del Fondo de Compensación Regional se destinarán a financiar proyectos presentados por los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría que no reciban recursos del 30% del mismo Fondo, de que trata el numeral 2 del artículo 34 de la Ley 1530 de 2012 y que tengan un indicador de NBI inferior o igual al 35%, de acuerdo con criterios de población y pobreza que defina el reglamento.

Que el artículo 56 de la Ley 1530 de 2012 establece que los recursos destinados para ahorro pensional territorial se distribuirán anualmente entre las entidades territoriales conforme a los criterios y condiciones definidos para el efecto por la legislación vigente aplicable al Fonpet.

Que en virtud de lo anterior se expidió el Decreto 1073 de 2012, el cual estableció los criterios de distribución de los recursos del 10% del Fondo de Compensación Regional a que se refiere el numeral 2 del artículo 34 de la Ley 1530 de 2012, y de los recursos destinados al Ahorro Pensional Territorial y de los que trata el inciso segundo del parágrafo 2° transitorio del artículo 361 de la Constitución Política.

Que en virtud de lo dispuesto en artículo 16 del Decreto 4950 de 2012 se hace necesario adelantar los ajustes necesarios para corregir las diferencias presentadas.

DECRETA:

TÍTULO I

 AJUSTE AL PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS

Artículo 1°. Ajuste al Presupuesto de gastos del Sistema General de Regalías – Reducciones. Redúzcase las autorizaciones de gasto del Sistema General de Regalías contenidas en el Decreto ley 4950 de 2011, en la suma de ochenta y nueve mil treinta y cuatro millones seiscientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y tres pesos moneda legal ($89.034.628.433), así:

Presupuesto de las asignaciones a los Fondos y Beneficiarios del Sistema General de Regalías – Reducciones, según el siguiente detalle:

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Presupuesto de las Entidades Territoriales Receptoras Directas de Regalías y Compensaciones del Sistema General de Regalías, según el siguiente detalle:

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TÍTULO II

 PRESUPUESTO DE INGRESOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS

Artículo 2°. Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías. Adiciónese el presupuesto de ingresos del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de ochocientos veintidós mil seiscientos setenta y ocho millones ciento setenta y nueve mil quinientos veintiocho pesos moneda legal ($822.678.179.528), según el detalle que se presenta a continuación:

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 TÍTULO III

PRESUPUESTO DE GASTOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS

 CAPÍTULO I

Monto total del presupuesto de gastos del Sistema General de Regalías

Artículo 3°. Presupuesto de gastos del Sistema General de Regalías. De conformidad con el monto de las apropiaciones reducidas en el artículo 1 del presente decreto por la suma de ochenta y nueve mil treinta y cuatro millones seiscientos veintiocho mil cuatrocientos treinta y tres pesos moneda legal ($89.034.628.433) y la adición al presupuesto de ingresos del Sistema General de Regalías del artículo 2° del presente decreto por la suma de ochocientos veintidós mil seiscientos setenta y ocho millones ciento setenta y nueve mil quinientos veintiocho pesos moneda legal ($822.678.179.528), autorícese gastos adicionales con cargo al Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012 por la suma de novecientos once mil setecientos doce millones ochocientos siete mil novecientos sesenta y un pesos moneda legal ($911.712.807.961).

Presupuesto de los órganos del Sistema General de Regalías, según el siguiente detalle:

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Presupuesto de las asignaciones a los Fondos y Beneficiarios del Sistema General de Regalías, según el siguiente detalle:

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Presupuesto de las Entidades Territoriales Receptoras Directas de Regalías y Compensaciones del Sistema General de Regalías, según el siguiente detalle:

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TÍTULO IV

 PRESUPUESTO CONSOLIDADO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS

Artículo 4°. Presupuesto consolidado del Sistema General de Regalías. De conformidad con las apropiaciones de ingresos y gastos establecidas en el Decreto ley 4950 de 2011 y los ajustes presupuestales realizados en el presente decreto y en aplicación del principio presupuestal de publicidad y transparencia del Sistema General de Regalías, establézcase en los siguientes artículos el consolidado del presupuesto de ingresos y gastos del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal de 2012.

Artículo 5°. Consolidado del Presupuesto de Ingresos del Sistema General de Regalías. Establézcase el presupuesto consolidado de ingresos del Sistema General de Regalías para la vigencia fiscal de 2012, en la suma de nueve billones noventa y nueve mil quinientos cincuenta y cinco millones ciento setenta y nueve mil quinientos veintiocho pesos moneda legal ($9.099.555.179.528), según el detalle que se presenta a continuación:

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Artículo 6°. Consolidado del Presupuesto de gastos del Sistema General de Regalías. Establézcase el presupuesto consolidado de autorización de gastos con cargo al Sistema General de Regalías para la presente vigencia fiscal de 2012 por la suma de nueve billones noventa y nueve mil quinientos cincuenta y cinco millones ciento setenta y nueve mil quinientos veintiocho pesos moneda legal ($9.099.555.179.528).

Artículo 7°. Consolidado del Presupuesto de los órganos del Sistema General de Regalías. De conformidad con el monto de gastos de Sistema General de Regalías definido en el artículo anterior, establézcase el presupuesto consolidado de autorización de gastos con cargo al Sistema General de Regalías durante la presente vigencia fiscal de 2012 por la suma de trescientos sesenta y tres mil novecientos ochenta y dos millones doscientos siete mil ciento ochenta y dos pesos moneda legal ($363.982.207.182), según el siguiente detalle:

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Artículo 8°. Consolidado del Presupuesto de las asignaciones a los Fondos y Beneficiarios del Sistema General de Regalías. De conformidad con el monto del Sistema General de Regalías definido en el artículo sexto, establézcase el presupuesto consolidado de autorización de gastos con cargo al Sistema General de Regalías durante la presente vigencia fiscal de 2012 por la suma de cinco billones setecientos treinta cuatro mil ochenta y siete millones novecientos noventa y seis mil setecientos setenta pesos moneda legal ($5.734.087.996.770), según el siguiente detalle:

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Artículo 9°. Consolidado del Presupuesto de las Entidades Territoriales Receptoras Directas de Regalías y Compensaciones del Sistema General de Regalías. De conformidad con el monto del Sistema General de Regalías definido en el artículo sexto, establézcase el presupuesto consolidado de autorización de gastos con cargo al Sistema General de Regalías durante la presente vigencia fiscal de 2012 por la suma de tres billones un mil cuatrocientos ochenta y cuatro millones novecientos setenta y cinco mil quinientos setenta y siete pesos moneda legal ($3.001.484.975.577), según el siguiente detalle:

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TÍTULO V

 DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 10. Disposiciones generales. Las disposiciones generales contenidas en título III del Decreto ley 4950 de 2011, las que le sean aplicables contenidas en la Ley 1530 de 2012 y las contenidas en el presente Título de este Decreto constituyen las normas tendientes a cumplir con los objetivos y fines del Sistema.

Artículo 11. Anexos del presupuesto del Sistema General de Regalías. Los anexos que acompañan el presente decreto corresponden al consolidado de los anexos contenidos en el Decreto ley 4950 de 2011 y a los ajustes adelantados al Presupuesto del Sistema General de Regalías contenidos en este decreto.

Artículo 12. Distribuciones. Los recursos correspondientes a la sección 32000 – OTRAS CORPORACIONES, serán distribuidos y girados a las entidades beneficiarias conforme a la liquidación que para tal efecto realice el Ministerio de Minas y Energía.

Artículo 13. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de junio de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Minas y Energía,

 Mauricio Cárdenas Santa María.

Nota: Ver Diario Oficial 48.460, pag. 6

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