DECRETO 1191 DE 2012

Decretos 2012

DECRETO 1191 DE 2012

(junio 5)

D.O. 48.452, junio 5 de 2012

por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012 y se efectúa la correspondiente liquidación.

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales, y en particular, las previstas en los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República, en virtud del artículo 349 de la Constitución Política, expidió la Ley 1485 de 2011, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2012 la cual se liquidó por medio del Decreto 4970 de 2011;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que el Gobierno de la República de Colombia suscribió un acuerdo con el Ministro Holandés de Cooperación para el Desarrollo a través del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Departamento Nacional de Planeación de la República de Colombia, el 25 de junio de 2007, cuya finalidad es el desarrollo del Programa de Enfoque Sectorial para el Sector Ambiental – Programa número 16350 – BOG0099147;

Que en el marco de esta cooperación se dejaron de ejecutar recursos en cuantía de $4.657.645.091, apropiados en la vigencia fiscal 2011 y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante oficio 8130-2-31963 del 4 de mayo de 2012, solicita la incorporación en el presupuesto de la presente vigencia fiscal de $4.657.645.091;

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;

Que el citado artículo prevé que el Decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;

Que el Coordinador de Presupuesto Cuentas y Contabilidad del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible certificó la existencia del saldo no ejecutado del 2011 y el saldo por incorporar en el presupuesto de 2012 en la cuenta del Banco de la República número 61016515, denominada -“DTN Donación Holandesa, Minambiente, Minhacienda, DNP”;

Que el Departamento Nacional de Planeación mediante oficio DIFP-20122650001486 del 3 de mayo de 2012, suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición de la suma de $4.657.645.091 pesos M/ CTE., en el presupuesto de inversión del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – Gestión General;

DECRETA:

Artículo 1°. Adición al presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal ($4.657.645.091), según el siguiente detalle:

 RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

CONCEPTO

TOTAL

1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL

4.657.645.091

2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN

4.657.645.091

Artículo 2°. Adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal ($4.657.645.091), según el siguiente detalle:

ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

SECCIÓN 3201

 MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

PROG.

 SUBP.

CONCEPTO

 APORTE NACIONAL

RECURSOS PROPIOS

TOTAL

C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

 4.657.645.091

4.657.645.091

310

 DIVULGACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACIÓN DEL RECURSO HUMANO

 450.000.000

450.000,000

PROG.

 SUBP.

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

 RECURSOS PROPIOS

 TOTAL

 900

INTERSUBSECTORIAL AMBIENTE

450,000.000

 450.000.000

520

 ADMINISTRACIÓN, ATENCIÓN, CONTROL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

4.207.645.091

 4.207.645.091

 900

INTERSUBSECTORIAL AMBIENTE

4.207.645.091

 4.207.645.091

TOTAL SECCIÓN

4.657.645.091

 4.657.645.091

Artículo 3°. Liquidación a la adición del presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente liquidación a la adición del presupuesto general de la nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal ($4.657.645.091), según el siguiente detalle:

 RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

CONCEPTO

TOTAL

1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL

4.657.645.091

2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN

4.657.645.091

Artículo 4°. Liquidación a la adición del presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente liquidación a la adición del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2012, en la suma de cuatro mil seiscientos cincuenta y siete millones seiscientos cuarenta y cinco mil noventa y un pesos moneda legal ($4.657.645.091), según el siguiente detalle:

ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

SECCIÓN 3201

 MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

PROG.

 SUBP.

CONCEPTO

APORTE NACIONAL

 RECURSOS PROPIOS

 TOTAL

C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

4.657.645.091

 4.657.645.091

310

 DIVULGACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACIÓN DEL RECURSO HUMANO

450.000.000

 450.000.000

 900

INTERSUBSECTORIAL AMBIENTE

450.000.000

 450.000.000

520

 ADMINISTRACIÓN, ATENCIÓN, CONTROL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

4.207.645.091

 4.207.645.091

 900

INTERSUBSECTORIAL AMBIENTE

4.207.645.091

 4.207.645.091

TOTAL SECCIÓN

4.657.645.091

 4.657.645.091

Artículo 5°. Anexo. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.

 DETALLE DE LA COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS

 CONCEPTO

TOTAL

 1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL

 4.657.645.091

 2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN

 4.657.645.091

 2.7. OTROS RECURSOS DE CAPITAL

 4.657.645.091

 TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL

 4.657.645.091

ADICIONES – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

 PROY.

SUBP.

 PROY.

REC.

CONCEPTO

 APORTES NACIONALES

 RECURSOS PROPIOS

 TOTAL

 UNIDAD EJECUTORA 3201-01

 MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE – GESTIÓN GENERAL

 TOTAL

 4.657.645.091

 4.657.645.091

 C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN

 4.657.645.091

 4.657.645.091

 310

DIVULGACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACIÓN DEL RECURSO HUMANO

 450.000.000

 450.000.000

 310

900

INTERSUBSECTORIAL AMBIENTE

 450.000.000

 450.000.000

 310

900

 0154

ASISTENCIA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LOS PROCESOS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN SOCIAL EN EL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL REPÚBLICA DE COLOMBIA

15

DONACIONES

 450.000.000

 450.000.000

 520

ADMINISTRACIÓN, ATENCIÓN, CONTROL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

 4.207.645.091

 4.207.645.091

 520

900

INTERSUBSECTORIAL AMBIENTE

 4.207.645.091

 4.207.645.091

 520

900

 0005

ANÁLISIS ESTRUCTURACIÓN Y FORTALECIMIENTO DEL MINISTERIO DEL MEDIOAMBIENTE Y DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL

15

DONACIONES

 4.067.645.091

 4.067.645.091

PROY.

 SUBP.

PROY.

 REC.

 CONCEPTO

 APORTES NACIONALES

 RECURSOS PROPIOS

 TOTAL

520

 900

0081

 APOYO AL MINISTERIO EN LA GESTIÓN DE LA NEGOCIACIÓN Y COOPERACIÓN INTERNACIONALES EN MEDIOAMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE Y LA ESTRATEGIA PARA EL INGRESO DE COLOMBIA A LA OCDE

 15

 DONACIONES

 140.000.000

 140.000.000

Artículo 6°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de junio de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

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