DECRETO 1024 DE 2012
(mayo 18)
D.O. 48.434, mayo 18 de 2012
por el cual se modifica la planta de personal de la Superintendencia de Sociedades y se dictan otras disposiciones.
Nota: Modificado por el Decreto 1381 de 2021 y por el Decreto 1737 de 2020.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m y n del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Superintendencia de Sociedades, presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que la Superintendencia de Sociedades para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con el concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la Planta de Personal de la Superintendencia de Sociedades, los siguientes cargos
Número de cargos
Denominación
Código
Grado
Despacho del Superintendente
Uno (1)
Superintendente
0030
00
Cuatro (4)
Asesor
1020
14
Tres (3)
Asesor
1020
13
Tres (3)
Asesor
1020
12
Tres (3)
Asesor
1020
10
Dos (2)
Asesor
1020
08
no (1)
Asesor
1020
05
Cuatro (4)
Secretario Ejecutivo
4210
21
Dos (2)
Auxiliar Administrativo
4044
13
Dos (2)
Conductor Mecánico
4103
13
Planta Global
Dos (2)
Superintendente Delegado
0110
20
Uno (1)
Secretario General de Superintendencia
0037
20
Uno (1)
Director de Superintendencia
0105
15
Siete (7)
Intendente
0138
15
Dos (2)
Jefe de Oficina Asesora
0125
16
Uno (1)
Jefe de Oficina
2045
24
Diez (10)
Profesional Especializado
2028
19
Catorce (14)
Profesional Especializado
2028
17
Treinta y ocho (38)
Profesional Especializado
2028
15
Treinta y siete (37)
Profesional Especializado
2028
13
Ciento cuatro (104)
Profesional Universitario
2044
10
Cincuenta y siete (57)
Profesional Universitario
2044
06
Cuarenta y dos (42)
Técnico Administrativo
3124
15
Treinta y nueve (39)
Técnico Operativo
3132
13
Seis (6)
Secretario Ejecutivo
4210
21
Veintiséis (26)
Secretario Ejecutivo
4210
17
Veintinueve (29)
Secretario
4178
14
Treinta y siete (37)
Auxiliar Administrativo
4044
13
Cuatro (4)
Conductor Mecánico
4103
13
Treinta y uno (31)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
07
Artículo 2°. Las funciones propias de la Superintendencia de Sociedades, serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
Número de cargos
Denominación
Código
Grado
Despacho del Superintendente
Uno (1)
Superintendente
0030
25
Uno (1)
Asesor
1020
16
Seis (6)
Asesor
1020
15
Tres (3)
Asesor
1020
14
Tres (3)
Asesor
1020
13
Seis (6)
Asesor
1020
11
Dos (2)
Técnico Operativo
3132
14
Dos (2)
Secretario Ejecutivo
4210
22
Uno (1)
Auxiliar Administrativo
4044
14
Dos (2)
Conductor Mecánico
4103
14
Planta Global
Cuatro (4)
Superintendente Delegado
0110
23
Uno (1)
Secretario General de Superintendencia
0037
23
Tres (3)
Director de Superintendencia
0105
19
Uno (1)
Subdirector Administrativo
0150
18
Uno (1)
Subdirector Financiero
0150
18
Uno (1)
Jefe De Oficina
0137
19
Número de cargos
Denominación
Código
Grado
Siete (7)
Intendente
0138
20
Dos (2)
Jefe de Oficina Asesora
1045
13
Treinta y uno (31)
Profesional Especializado
2028
20
Catorce (14)
Profesional Especializado
2028
18
Treinta y ocho (38)
Profesional Especializado
2028
16
Treinta y siete (37)
Profesional Especializado
2028
14
Ciento cuatro (104)
Profesional Universitario
2044
11
Ciento quince (115)
Profesional Universitario
2044
07
Diez (10)
Profesional Universitario
2044
01
Treinta y cuatro (34)
Técnico Administrativo
3124
16
Treinta y dos (32)
Técnico Operativo
3132
14
Siete (7)
Secretario Ejecutivo
4210
22
Veinticinco (25)
Secretario Ejecutivo
4210
18
Veintiséis (26)
Secretario Ejecutivo
4210
15
Uno (1)
Secretario
4178
14
Treinta y cinco (35)
Auxiliar Administrativo
4044
14
Seis (6)
Conductor Mecánico
4103
14
Treinta y uno (31)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
08
Artículo 3°. El Superintendente de Sociedades distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 4°. Los empleados públicos de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, podrán optar entre ser indemnizados o ser incorporados a empleos de carrera equivalentes, conforme a lo consagrado en el artículo 44 de la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Reglamentario 1227 de 2005, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto ley 760 de 2005 y demás disposiciones que la reglamenten, modifiquen o sustituyan.
Artículo 5°. La incorporación de los funcionarios con derechos de carrera a la nueva planta de personal que se adopta en el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación.
Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 6°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyen.
Artículo 7°. El presente Decreto rige a partir de un mes posterior a la fecha de su publicación en el Diario Oficial, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2508 de 1998, el Decreto 564 de 2001, el Decreto 3213 de 2002, el Decreto 1246 de 2004, el Decreto 4134 de 2005, el Decreto 4142 de 2005, el Decreto 4143 de 2005, el Decreto 4571 de 2005, el Decreto 2127 de 2006, el Decreto 2128 de 2006, el Decreto 2129 de 2006 y el Decreto 3804 de 2006.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Sergio Diazgranados Guida.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor