DECRETO 1006 DE 2012
(mayo 16)
D.O. 48.432, mayo 16 de 2012
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Nota: Modificado por el Decreto 1358 de 2021, por el Decreto 1815 de 2020, por el Decreto 1718 de 2019 y por el Decreto 849 de 2019.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 para efectos de modificar su planta de personal, el cual emitió concepto técnico favorable.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el certificado de disponibilidad presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público:
PLANTA DEL DESPACHO DEL MINISTRO
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
1 (uno)
Asesor
1020
04
1 (uno)
Asesor
1020
14
Artículo 2°. Créanse en la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público los siguientes cargos:
PLANTA DEL DESPACHO DEL MINISTRO
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
2 (dos)
Asesor
1020
01
1 (uno)
Asesor
1020
02
2 (dos)
Asesor
1020
06
13 (trece)
Asesor
1020
08
2 (dos)
Asesor
1020
09
3 (tres)
Asesor
1020
10
1 (uno)
Asesor
1020
11
2 (dos)
Asesor
1020
13
3 (tres)
Asesor
1020
16
PLANTA DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO GENERAL
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
1 (uno)
Asesor
1020
08
2 (dos)
Asesor
1020
13
PLANTA DEL DESPACHO DEL VICEMINISTRO TÉCNICO
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
1 (uno)
Asesor
1020
03
3 (tres)
Asesor
1020
10
1 (uno)
Asesor
1020
12
2 (dos)
Asesor
1020
16
1 (uno)
Asesor
1020
17
PLANTA GLOBAL
N° Cargos
Denominación
Código
Grado
5 (cinco)
Profesional especializado
2028
19
1 (uno)
Profesional especializado
2028
20
3 (tres)
Profesional especializado
2028
21
Artículo 3°. Los empleos de la planta global creados en el artículo 2° del presente decreto llevarán a cabo funciones que implican la administración y el manejo directo de bienes, dineros y/o valores del Estado.
Artículo 4°. La incorporación de los empleados a los cargos creados en el artículo segundo (2°) de este decreto, que modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en las normas legales vigentes sobre la materia.
Artículo 5°. Los empleados públicos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a los empleos creados en el artículo segundo (2°) del presente decreto y tomen posesión.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 247 de 2004 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 16 de mayo de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.