DECRETO 955 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 955 DE 2011    

(marzo 30)    

D.O. 48.027, marzo 30 de 2011    

por el cual se modifica el Decreto  1740 del 19 de mayo de 2010, modificado por los Decretos 2271 y 4520 de 2010.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del  artículo 189 de la Constitución Política,  en concordancia con el artículo 81 de la Ley 418 de 1997,  prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modificación. Modifícase el parágrafo del artículo 6° del Decreto 1740 de 2010,  modificado por los Decretos 2271 y 4520 de 2010, el  cual quedará así:    

“Parágrafo. Las responsabilidades frente al programa de protección a  cargo del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, se irán reduciendo  gradualmente en la medida en que se vayan cumpliendo las distintas etapas del  proceso de traslado del mismo al Ministerio del Interior y de Justicia, hasta  su finalización, cuyo plazo máximo es el 31 de mayo de 2011”.    

Artículo 2°. Vigencia. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición, modifica el  parágrafo del artículo 6° del Decreto 1740 de 2010,  modificado por los Decretos 2271 y 4520 de 2010 y  deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2011.    

JUAN  MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Germán Vargas Lleras.    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Rodrigo Rivera Salazar.    

El Director del Departamento Administrativo de Seguridad,    

Felipe Muñoz  Gómez.    

               

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