DECRETO 940 DE 2011
(marzo 29)
D.O. 48.026, marzo 29 de 2011
por el cual se delegan unas funciones constitucionales.
Nota 1: Adicionado por el Decreto 1090 de 2011.
Nota 2: Modificado por el Decreto 977 de 2011.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Ver Decreto 1090 de 2011, artículo 1º. Ver Decreto 977 de 2011, artículo 1º. Que el Presidente de la República se trasladará los días 5 de abril de 2011, a la ciudad de Providence, Estado de Rhode Island (Estados Unidos de Norteamérica), con el fin de participar en la “Will Deliver a Stephen A. Odgen 60 Memorial Lecture On International Affairs” en Brown University, y 6 de abril de 2011, a la ciudad de Nueva York (Estados Unidos de Norteamérica), para participar ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro del Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario.
DECRETA:
Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Germán Vargas Lleras, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de marzo de 2011
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN.