DECRETO 933 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 933 DE 2011     

(marzo 28)    

D.O. 48.026,  marzo 29 de 2011    

por el cual se crea el cargo de Gerente del  Fondo Adaptación y se dictan otras disposiciones.    

Nota: Derogado por el Decreto 2512 de 2011,  artículo 3º.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y en  desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto 4819 de 2010  se creó el Fondo Adaptación con la finalidad de identificar, estructurar y  gestionar de proyectos, ejecutar procesos contractuales, disponer y transferir  recursos para la recuperación, construcción y reconstrucción de  infraestructura, rehabilitar económicamente sectores agrícolas, ganaderos y  pecuarios afectados por la ola invernal y demás acciones requeridas con ocasión  del fenómeno de “La Niña”, así como para impedir definitivamente la  prolongación de sus efectos.    

Que teniendo en cuenta la naturaleza y  funciones atribuidas a dicho Fondo por el Decreto 4819 de 2010,  el mismo es una entidad descentralizada del orden nacional.    

Que conforme a lo anterior y teniendo en  cuenta que el Fondo Adaptación debe comenzar a cumplir con las funciones asignadas  por el Decreto 4819 de 2010,  se requiere crear dentro de la planta de personal de dicha entidad el empleo de  Gerente y determinar su remuneración.    

Que el Departamento Administrativo de la  Función Pública emitió concepto Técnico favorable a la justificación técnica de  que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para  la creación del empleo de Gerente del Fondo de Adaptación.    

Que para los fines del presente decreto se  cuenta con la viabilidad de la Dirección de Presupuesto Público General del  Ministerio de Hacienda y Crédito Público.    

En virtud de lo anterior,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Créase en la planta de personal  del Fondo Adaptación el siguiente empleo:    

N° de Cargos                    

Denominación del empleo                    

Código                    

Grado   

GERENCIA   

1 (uno)                    

Gerente de Entidad    Descentralizada                    

0015    

Artículo 2°. A partir de la fecha de  publicación del presente decreto, la remuneración del Gerente del Fondo  Adaptación será la establecida por las disposiciones legales para los Ministros  de Despacho.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de marzo de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Viceministro General encargado de las  funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Bruce Mac Master  Rojas.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Elizabeth Rodríguez Taylor.    

               

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