DECRETO 86 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 86 DE 2011    

(enero 17)    

D.O. 47.955, enero 17 de 2011    

por el cual se ordena la  publicación del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, 019  de 2010 Senado, “por el cual se establece el principio de la sostenibilidad  fiscal” (Primera Vuelta).    

El Presidente de la República de Colombia, en cumplimiento  de lo dispuesto por el artículo 375 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el honorable Congreso de la República, remitió a la  Presidencia de la República, para el trámite pertinente, el Proyecto de Acto  Legislativo número 016 de 2010 Cámara, 019 de 2010 Senado, por el cual  se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. (Primera Vuelta).    

Que el 20 de julio de 2010 el Ministro de Hacienda y  Crédito Público, doctor Óscar Iván Zuluaga Escobar,  presenta ante la Secretaría General de la Cámara de Representantes el Proyecto  de Acto Legislativo “por el cual se establece el principio de la  sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines del Estado Social de Derecho”,  este proyecto es radicado con el número 016 de 2010 Cámara con su  correspondiente exposición de motivos con el fin de iniciar su trámite  legislativo constitucional.    

Que el mismo 20 de julio de 2010 de conformidad con el  artículo 43 numeral 5 de la Ley 5a  de 1992 (Reglamento del Congreso) se envía al Despacho del señor Presidente  de la Cámara de Representantes el Proyecto de Acto Legislativo número 016 de  2010 Cámara, “por el cual se establece el principio de la sostenibilidad  fiscal para alcanzar los fines del Estado Social de Derecho”. La  Presidencia de la honorable Cámara de Representantes visto el informe  presentado por la Secretaría General de la Cámara de Representantes y en  consideración al asunto de que trata el Proyecto de Acto Legislativo número 016  de 2010 ordena el envío a la Comisión Primera (I) Constitucional Permanente,  con el fin de ser estudiado en primer debate. Se reparte el proyecto de ley en  mención, se devuelve nuevamente a la Secretaría General para las anotaciones de  rigor y se envía a la Imprenta Nacional para su publicación, de conformidad con  el artículo 144 de la Ley 5ª de 1992. Se  publica en la Gaceta del Congreso número 451 del 23 de julio de  2010.    

Que el día 30 de julio 2010 la Comisión Primera  Constitucional Permanente de la honorable Cámara de Representantes recibe el  expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por  el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los  fines de Estado Social de Derecho, y pasa a la Mesa Directiva para la designación  de Ponentes.    

Que el 17 de agosto de 2010, la Secretaría General de la  Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes, la  Mesa Directiva de la Comisión designa como ponentes para primer debate a los  honorables Representantes Jaime Buenahora –  Coordinador, Miguel Gómez, Heriberto Sanabria, Adriana Franco, Germán Varón,  Germán Navas, Fernando de la Peña y Alfonso Prada, del Proyecto de Acto  Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el  derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de  Derecho.    

Que el 1° de septiembre de 2010 el Secretario General de  la Comisión Primera Constitucional remite con Oficio número C.P.C.P.-115-2010  a los ponentes honorables Representantes Miguel Gómez Martínez, Heriberto  Sanabria Astudillo, Adriana Franco Castaño, Germán Varón Cotrino,  Germán Navas Talero, Fernando de la Peña Márquez y Hernando Alfonso Prada Gil,  donde informa que el Representante Jaime Buenahora  Febres – Coordinador de ponentes del Proyecto de Acto Legislativo número 016  de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad  fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho, solicitó la  realización de Audiencia Pública, la que fue autorizada por la Mesa Directiva  de la Comisión, llevándose a cabo en la ciudad de Bogotá, el día jueves 16 de  septiembre de 2010 en el salón de sesiones de esta Célula Legislativa.    

Que el 16 de septiembre se realiza Audiencia Pública sobre  el Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el  cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines  de Estado Social de Derecho.    

Que el 29 de septiembre de 2010 la Secretaría de la  Comisión Primera Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes  recibe la ponencia para primer debate y pliego de modificaciones del Proyecto  de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece  el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social  de Derecho, suscrita por los honorables Representantes Jaime Buenahora, Adriana Franco, Heriberto Sanabria, Germán Varón  y Fernando de la Peña, y se envía a la Secretaría General de la Cámara de  Representantes para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número  723 de 2010 de fecha 30 de septiembre de 2010.    

Que el 4 de octubre de 2010 la Secretaría General de la  Comisión Primera Permanente de la Cámara de Representantes, recibe ponencia  para primer debate del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010  Cámara, por el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal  para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho, suscrita por el  Representante Hernando Alfonso Prada. Se envía a la Secretaría General para su  respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 734 del  lunes, 4 de octubre de 2010. Es anunciado para discusión y votación, según  consta en el Acta número 19 del 5 de octubre de 2010.    

Que el 6 de octubre de 2010 se inicia la discusión y  votación del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por  el cual se establece el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los  fines de Estado Social de Derecho, siendo aprobado por mayoría de votos.    

Que el 12 de octubre de 2010, la Secretaría General de la  Comisión Primera Constitucional Permanente recibe ponencia para segundo debate  y pliego de modificaciones (Primera Vuelta) del Proyecto de Acto Legislativo  número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el derecho a la  sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social de Derecho.  Se envía a Secretaría General para su respectiva publicación. Se publica en la Gaceta  del Congreso número 758 del día miércoles 13 de octubre de 2010, la  ponencia para segundo debate junto con el pliego de modificaciones, texto  propuesto para segundo debate, texto aprobado en la Comisión Primera en primer  debate (primera vuelta).    

Que el 15 de octubre de 2010, el Representante Ponente  Alfonso Prada, presenta informe de ponencia para segundo debate al Proyecto  de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece  el derecho a la sostenibilidad fiscal para alcanzar los fines de Estado Social  de Derecho, quedando su publicación en la Gaceta del Congreso número  779 del viernes, 15 de octubre de 2010.    

Que el 27 de octubre de 2010, la Secretaría General de la  Cámara de Representantes – Sustanciación Ponencia Segundo Debate: dice que en  Sesión Plenaria del día 19 de octubre de 2010, fue considerado y aprobado en  segundo debate la ponencia, el articulado y el título presentado por los  ponentes al Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por  el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. (Primera  Vuelta). El proyecto en mención se aprobó con modificaciones en la Plenaria de  la Cámara. Lo anterior de conformidad con el artículo 5° del Acto legislativo  número 01 de 2009, según consta en el Acta de Sesión Plenaria número 26 de  octubre 26 de 2010, previo su anuncio el día 20 de octubre de los corrientes,  según Acta de Sesión Plenaria número 25.    

Que  en Acta de fecha 27 de octubre de 2010 la Secretaría General dice: que en  Sesión Plenaria del día 26 de octubre de 2010, fue aprobado en segundo debate  el texto definitivo con modificaciones del Proyecto de Acto Legislativo  número 016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el principio de la  sostenibilidad fiscal. Esto con el fin de que el citado proyecto siga su  curso legal y reglamentario y de esta manera dar cumplimiento con lo  establecido en el artículo 182 de la Ley 5ª de 1992 y el  artículo 5° del Acto Legislativo número 01 de 2009, según consta en el Acta de  Sesión Plenaria número 26 de octubre 26 de 2010, previo su anuncio el día 20 de  octubre de los corrientes, según Acta de Sesión Plenaria número 25. Publicado  en la Gaceta del Congreso número 833 del viernes, 29 de octubre  de 2010.    

Que con Oficio S.G.2-2296-10  de fecha 27 de octubre de 2010, el Secretario General de la Cámara de  Representantes remite para conocimiento y fines pertinentes y por instrucciones  del señor Presidente de la honorable Cámara de Representantes, al Presidente  del Senado de la República, de conformidad con el artículo 183 de la Ley 5ª de 1992 el  expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, por  el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. (Primera  Vuelta).    

Que con Acta Sustanciación Tránsito a Senado  de la República del día 27 de octubre la Jefe de Sección Leyes del Senado de la  República recibe de la Cámara de Representantes el expediente del Proyecto  de Acto legislativo número 19 de 2010 Senado, 016 de 2010 Cámara, por el  cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal. (Primera  Vuelta). Este proyecto de acto legislativo atendiendo instrucciones de la  Presidencia se envía a la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado  de la República, en consideración al principio de consecutividad,  para que continúe su trámite legal y reglamentario.    

Que el 2 de noviembre la Secretaría de la  Comisión Primera Constitucional Permanente dice que la Mesa Directiva, según  consta en el Acta MD-17, designó como ponentes para esta iniciativa a los  honorables Senadores Juan Carlos Vélez (Coordinador), Roberto Gerléin, Juan Fernando Cristo, Juan Carlos Rizzeto, Iván Moreno Rojas y Jorge Eduardo Londoño, con  diez (10) días de término para rendir el correspondiente informe.    

Que el 3 de noviembre de 2010 la Secretaría de  la Comisión Primera Constitucional Permanente dice que la Mesa Directiva en  virtud de la importancia de esta iniciativa y por solicitud que hiciera la CUT  para la realización de Audiencia Pública de esta iniciativa, emite la  Resolución número 03 del 3 de noviembre de 2010, por la cual se convoca a  Audiencia Pública sobre esta iniciativa, para el día 11 de noviembre de 2010.  De esta decisión se comunica a los ponentes y a la CUT.    

Que el 9 de noviembre de 2010 la Secretaría de  la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República,  recibe de la Secretaría General de la Cámara de Representantes, constancia del  voto negativo a esta iniciativa, suscrito por varios Representantes.    

Que el 11 de noviembre la Secretaría de la  Comisión Primera Constitucional Permanente da lectura a la Resolución número 03  del 3 de noviembre de 2010, por la cual se convoca a Audiencia Pública sobre  esta iniciativa. Por Secretaría se da lectura a los inscritos para intervenir  en la Audiencia. La Secretaría llama a Diego García quien intervino sobre esta  iniciativa. De igual forma intervino el doctor Diego Garzón – Promotor de  Derechos Humanos. Los documentos dejados por los inscritos se publican en la Gaceta  del Congreso y se envían a los Ponentes.    

Que el 17 de noviembre de 2010 la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República  recibe el informe de ponencia junto con el pliego de modificaciones propuesto  para primer debate de los honorables Senadores Juan Carlos Vélez y Roberto Gerléin, esta ponencia se envía a la Jefe de Sección de  Leyes de Senado para publicación en la Gaceta del Congreso número  919 del jueves 18 de noviembre de 2010.    

Que el 17 de noviembre de 2010 la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente, acorde con el artículo 8° del  Acto Legislativo 01 de 2003 y por instrucciones de la Presidencia, la  Secretaría informa que en la próxima sesión se discutirá y votará esta iniciativa,  entre otras. Relación Acta número 27.    

Que el 19 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado recibe el informe  negativo para primer debate del Ponente – Senador Jorge Eduardo Londoño Ulloa.  Esta ponencia se envía a la Jefe de Leyes del Senado para su publicación en la Gaceta  del Congreso número 937 de 2010.    

Que el 22 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente recibe el informe para primer  debate del Ponente – Senador Juan Fernando Cristo Bustos. Esta ponencia se  envía a la Jefe de Leyes de Senado para publicación en la Gaceta del  Congreso número 943 de 2010.    

Que el 22 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente recibe el informe negativo  para primer debate del Ponente – Senador Néstor Iván Moreno Rojas. Esta  ponencia se envía a la Jefe de Leyes del Senado para publicación en la Gaceta  del Congreso número 943 de 2010.    

Que el 23 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente da lectura a la proposición  suscrita por los Senadores: Juan Fernando Cristo, Jesús Ignacio García, Juan  Manuel Galán, en la que solicitan invitar a la Corte Constitucional y otras  entidades con el fin de conocer su posición frente a esta iniciativa. Una vez  leída por la Secretaría sobre el tema se pronuncian varios Senadores. En  concordancia por lo expresado por los Senadores intervinientes, la Presidencia  anuncia que los autores de la proposición han retirado la misma en  consideración con los planteamientos en la discusión de la misma. Por  instrucciones de la Presidencia, la Secretaría informa que para esta  iniciativa, se han radicado cuatro informes de ponencia así, un primer informe  suscrito por los Senadores Juan Carlos Vélez y Roberto Gerléin,  en el que solicitan dar primer debate a esta iniciativa y se encuentra  publicada en la Gaceta del Congreso número 919 de 2010, un  segundo informe suscrito por el Senador Jorge Eduardo Londoño, en el que  solicita archivar esta iniciativa y se encuentra publicado en la Gaceta  del Congreso número 937 de 2010, un tercer informe suscrito por el  Senador Iván Moreno Rojas, en el que solicita archivar esta iniciativa y se  encuentra publicado en la Gaceta del Congreso número 943 de 2010  y un cuarto informe suscrito por el Senador Juan Fernando Cristo, en el que  solicita archivar esta iniciativa y se encuentra publicado en la Gaceta  del Congreso número 943 de 2010. La Presidencia abre el debate general  y concede el uso de la palabra a los ponentes y a los demás Miembros de la  Comisión. De igual manera y a solicitud del señor Ministro de Hacienda y  Crédito Público, la Presidencia le concede el uso de la palabra sobre esta  iniciativa. La Presidencia informa que acorde a lo establecido en la Ley 5ª de 1992, lo  procedente es votar en primera instancia, la proposición de archivo, en este  caso la radicada en primer término, o sea, la suscrita por el Senador Jorge  Eduardo Londoño Ulloa, y previo al anuncio del cierre de su discusión es  cerrada y sometido a votación nominal es negado el archivo. Por Secretaría  nuevamente se da lectura a la proposición de dar primer debate a esta  iniciativa, previo al anuncio del cierre de su discusión es cerrado y sometido  a votación nominal es aprobado. Relación Acta número 28.    

Que el 23 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República,  acorde al artículo 8° del Acto Legislativo 01 de 2003 y por instrucciones de la  Presidencia la Secretaría informa que en la próxima sesión se discutirá y  votará esta iniciativa, entre otras. Relación Acta número 28.    

Que el 24 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República,  informa que en sesión anterior se aprobó la proposición de dar primer debate a  esta iniciativa, por lo tanto se avoca el estudio del articulado en el texto  del pliego de modificaciones suscrito por los Senadores Juan Carlos Vélez Uribe  y Roberto Gerléin Echeverría. En el debate general  del articulado intervienen varios Senadores. En uso de la palabra el Senador  Manuel Enríquez Rosero solicita a la Presidencia declarar la suficiente  ilustración y preguntados los Miembros de la comisión si se declara la  suficiente ilustración es aprobada mediante votación nominal. Por Secretaría se  da lectura nuevamente al articulado del pliego de modificaciones y antes de  someter a votación este, la Presidencia le concede el uso de la palabra al  Senador Juan Fernando Cristo para una constancia. De igual manera intervienen  los Senadores Hernán Andrade y Roy Leonardo Barreras. Previo al anuncio del  cierre de la discusión del articulado en el texto del pliego, es cerrada y  sometido a votación nominal. La Secretaría informa que se ha producido un empate  y que de acuerdo al artículo 135 de la Ley 5ª de 1992, la  Presidencia debe decidir en qué momento se efectúa la segunda votación. La  Presidencia informa que la segunda votación tendrá lugar el día 25 de noviembre  y solicita a la Secretaría continuar con el siguiente punto del orden del día.  Relación Acta número 29.    

Que el 24 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República,  acorde con el artículo 8° del Acto Legislativo 01 de 2003 y por instrucciones  de la Presidencia de la Secretaría informa que en la próxima sesión se someterá  a segunda votación esta iniciativa. Relación Acta número 29.    

Que el 25 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente del Senado de la República  dice que la Presidencia informa que en sesión anterior se sometió a votación el  articulado en el texto del pliego de modificaciones y obtuvo un empate, que  acorde al artículo 135 de la Ley 5ª de 1992, procede  a una segunda votación. Igualmente informa a los Senadores que se procede a la  segunda votación nominal del articulado en el texto del pliego de  modificaciones siendo aprobado. La Presidencia concede el uso de la palabra al  Senador Luis Carlos Avellaneda. Por Secretaría se da lectura al título en el  texto del pliego de modificaciones: “por el cual se establece el principio  de la sostenibilidad fiscal”, abierta y cerrada su discusión, al igual que  cerrada la discusión de la pregunta hecha a los Senadores en relación con el  querer que esta iniciativa se convierta en Reforma Constitucional, sometidos a  votación nominal son aprobados. La Presidencia concede el uso de la palabra a  varios Senadores. La Presidencia designa como ponentes para segundo debate a  los Senadores Juan Carlos Vélez (Coordinador), Roberto Gerléin,  Juan Fernando Cristo, Juan Carlos Rizzeto, Iván  Moreno Rojas y Jorge Eduardo Londoño, con cinco (5) días de término para rendir  el correspondiente informe. Relación Acta número 30.    

Que el 30 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente, recibe ponencia para segundo  debate del Proyecto de Acto Legislativo número 19 de 2010 Senado, 016 de 2010  Cámara, suscrita por los Senadores Juan Carlos Vélez Uribe y Roberto Gerléin, previa autorización de la Presidencia y Secretaría  de la Comisión, se envía a la Sección de Leyes para su respectiva publicación  en la Gaceta del Congreso número 989 del martes 30 noviembre de  2010.    

Que el 30 de noviembre de 2010, la Secretaría  de la Comisión Primera Constitucional Permanente recibe ponencia para segundo  debate del Proyecto de Acto Legislativo número 19 de 2010 Senado, 016 de 2010  Cámara, suscrita por el Senador Juan Fernando Cristo Bustos, previa  autorización de la Presidencia y Secretaría de la Comisión, se envía a la  Sección de Leyes para su respectiva publicación en la Gaceta del Congreso  número 989 del martes 30 noviembre de 2010.    

Que el 30 de noviembre de 2010, la Secretaría de la Comisión  Primera Constitucional Permanente recibe ponencia para segundo debate del  Proyecto de Acto Legislativo número 19 de 2010 Senado, 016 de 2010 Cámara,  suscrita por el Senador Iván Moreno Rojas, previa autorización de la  Presidencia y Secretaría de la Comisión, se envía a la Sección de Leyes para su  respectiva publicación en la Gaceta del Congreso número 989 de  2010.    

 Que con Acta de  Sustanciación Segunda Ponencia y Texto Definitivo de fecha 10 de diciembre de  2010, el Secretario General del Senado de la República suscribe que en Sesión  Plenaria del honorable Senado de la República el día martes siete (7) de  diciembre de 2010, fue considerado y aprobado en segundo debate, la Ponencia,  el articulado y el título del Proyecto de Acto Legislativo número 019 de  2010 Senado, 016 de 2010 Cámara, “por el cual se establece el principio de  la sostenibilidad fiscal”, ponencia publicada en la Gaceta del Congreso número  989 de 2010. El resultado de las votaciones nominales presentadas para la  aprobación de este proyecto son las registradas en el Acta 31 de fecha 7 de  diciembre de 2010, atendiendo lo dispuesto en el artículo 5° del Acto  Legislativo 01 de 2009, que establece: “(…) El voto de sus miembros será  nominal y público, excepto en los casos que determine la ley (…)”. La  presente sustanciación se hace con base en el registro hecho por la Secretaría  General de esta Corporación, en esta misma sesión Plenaria y con quórum  constitucional requerido. La constancia de consideración y aprobación de esta  iniciativa, se encuentra señalada en el Acta 31 del 7 de diciembre de 2010 previo  anuncio en sesión Plenaria el día 6 de diciembre de 2010, Acta número 30  -Firmado: Emilio Otero Dajud – Secretario  General.    

Que con oficio de la Sección de Leyes del Senado de la  República de fecha 10 de diciembre de 2010, el Presidente del Senado de la  República, remite al Presidente de la Cámara de Representantes el Expediente  del Proyecto de Acto legislativo número 019 de 2010 Senado, 016 de 2010  Cámara, “por el cual se establece el principio de la sostenibilidad  fiscal”. El mencionado proyecto de acto legislativo fue considerado y aprobado  en sesión de la Comisión Primera del Senado el día 25 de noviembre de 2010 y en  sesión Plenaria del Senado de la República el día 7 de diciembre de 2010. Se  remite para que siga su curso legal y reglamentario.    

Que con oficio de fecha 13 de diciembre de 2010, los  Senadores Juan Carlos Vélez Uribe y Jaime Buenahora  Febres, remiten a los Presidentes de Senado de la República y Cámara de  Representantes el Informe de conciliación al Acto Legislativo número 016 de  2010 Cámara, 019 de 2010 Senado, por el cual se establece el principio  de sostenibilidad fiscal. Dicho informe se publica en la Gaceta del  Congreso número 1.081 del lunes 13 de diciembre de 2010.    

Que con Acta de Sustanciación de la Comisión Accidental de  Mediación de la Cámara de Representantes, de fecha 14 de diciembre de 2010, el  Secretario General de la Cámara de Representantes, informa que en Sesión  Plenaria de la honorable Cámara de Representantes fue considerado y aprobado el  informe de la Comisión Accidental de mediación al Proyecto de Acto  Legislativo número 016 de 2010 Cámara, 019 de 2010 Senado, por el cual  se establece el principio de sostenibilidad fiscal. (Primera vuelta). Lo  anterior de conformidad con el artículo 5° del Acto Legislativo número 01 de  2009, según consta en el Acta de Sesión Plenaria número 41 de diciembre 14 de  2010, previo su anuncio el día 13 de diciembre de 2010, según Acta de Sesión  Plenaria número 40.    

Que con Acta de Sustanciación Informe de la Comisión  Conciliadora, la Secretaría General con fecha 15 de diciembre, informa que en  Sesión Plenaria del honorable Senado de la República del día martes catorce  (14) de diciembre de 2010, fue considerado y aprobado el Informe de la Comisión  de Conciliación al Proyecto de Acto Legislativo número 019 de 2010 Senado,  016 de 2010 Cámara, por el cual se establece el principio de la  sostenibilidad fiscal. Informe suscrito por el Senador Juan Carlos Vélez  Uribe y publicado en la Gaceta del Congreso número 1.079 de 2010.  El resultado de las votaciones nominales presentadas para la aprobación de este  Informe son las registradas en el Acta de fecha 14 de diciembre de 2010,  atendiendo lo dispuesto en el artículo 5° del Acto Legislativo de 2009, que  establece: “(…) El voto de sus miembros será nominal y público, excepto en  los casos que determine la ley (…)”. La presente sustanciación se hace  con base en el registro hecho por la Secretaría General de esta corporación, en  esta misma sesión Plenaria y con quórum constitucional requerido. La constancia  de consideración de este Informe de conciliación se encuentra señalada en el  Acta número 33 del día 14 de diciembre de 2010, previo anuncio en sesión  Plenaria el día 13 de diciembre del mismo año, Acta número 32. -Firmado: Emilio  Otero Dajud, Secretario General.    

Que en mérito de lo expuesto:    

DECRETA:    

Artículo 1°. Ordénese la publicación del texto definitivo  del Proyecto de Acto Legislativo número 016 de 2010 Cámara, 019 de 2010  Senado, por el cual se establece el principio de la sostenibilidad fiscal.  (Primera Vuelta), el cual quedará así:    

PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NÚMERO…    

(Primera Vuelta)    

“por el cual se establece el principio de la  sostenibilidad fiscal”.    

El Congreso de Colombia    

DECRETA:    

Artículo 1°. El artículo 334 de la Constitución Política  quedará así:    

La dirección general de la economía estará a cargo del  Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los  recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución,  utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados,  para racionalizar la economía con el fin de conseguir en el plano nacional y  territorial, en un marco de sostenibilidad fiscal, el mejoramiento de la  calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las  oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente  sano. Dicho marco de sostenibilidad fiscal deberá fungir como instrumento para  alcanzar de manera progresiva y programática los objetivos del Estado Social de  Derecho. En cualquier caso el gasto público social será prioritario.    

El Estado, de manera especial, intervendrá para dar pleno  empleo a los recursos humanos y asegurar, de manera progresiva, que todas las  personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso efectivo al  conjunto de los bienes y servicios básicos. También para promover la  productividad y competitividad y el desarrollo armónico de las regiones.    

La sostenibilidad fiscal es un principio que debe orientar  a las Ramas y Órganos del Poder Público, dentro de sus competencias, en un  marco de colaboración armónica.    

Artículo 2°. El primer inciso del artículo 339 de la Constitución Política  quedará así:    

Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una  parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden  nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos  nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a  mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política  económica, social y ambiental que serán adoptadas por el gobierno. El plan de  inversiones públicas contendrá los presupuestos plurianuales de los principales  programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los  recursos financieros requeridos para su ejecución, dentro de un marco que  garantice la sostenibilidad fiscal.    

Artículo 3°. El primer inciso del artículo 346 de la Constitución Política  quedará así:    

El Gobierno formulará anualmente el presupuesto de rentas  y ley de apropiaciones, que será presentado al Congreso dentro de los primeros  diez días de cada legislatura. El presupuesto de rentas y ley de apropiaciones  deberá elaborarse, presentarse y aprobarse dentro de un marco de sostenibilidad  fiscal y corresponder al Plan Nacional de Desarrollo.    

Artículo 4°. El presente acto legislativo rige a partir de la fecha de  su promulgación.    

El Presidente del honorable Senado de la República,    

Armando Benedetti Villaneda.    

El Secretario General del honorable Senado de la República,    

Emilio Otero Dajud.    

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,    

Carlos Alberto Zuluaga Díaz.    

El Secretario General de la honorable Cámara de  Representantes,    

Jesús Alfonso Rodríguez Camargo.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación.    

Publíquese.    

Dado en Bogotá, D. C., a 17 de enero de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Carlos Echeverry Garzón.    

               

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