DECRETO 4963 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 4963 DE 2011    

(diciembre 30)    

D. O. 48298, diciembre 30 de 2011    

por el cual se establece el auxilio de  transporte.    

Nota: Derogado por el Decreto 2739 de 2012,  artículo 2º.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas en las Leyes 15 de 1959 y 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Fijar a partir del primero (1°)  de enero de dos mil doce (2012), el auxilio de transporte a que tienen derecho  los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen hasta dos  (2) veces el salario mínimo legal mensual vigente, en la suma de sesenta y  siete mil ochocientos pesos ($67.800,00) moneda corriente, mensuales, el cual  se pagará por los empleadores en todos los lugares del país donde se preste el  servicio público de transporte.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  del primero (1°) de enero del año dos mil doce (2012) y deroga el Decreto 4835 de 2010.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de  2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y  Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de  Hacienda y Crédito Público,  Rodrigo de Jesús Suescún  Melo.    

El Ministro del Trabajo,   Rafael Pardo Rueda.    

El Ministro de Transporte,   Germán Cardona Gutiérrez.    

               

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