DECRETO 4883 DE 2011
(diciembre 22)
D. O. 48291, diciembre 22 de 2011
por el cual se modifica la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación.
Nota: Derogado por el Decreto 18 de 2014, artículo 7º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artículo 104 de la Ley 1453 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 104 de la Ley 1453 de 2011 se concedieron facultades extraordinarias al Gobierno Nacional para ampliar la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación, creando los cargos que sean necesarios para que esta entidad pueda contar con los recursos humanos requeridos, en orden a investigar y judicializar eficazmente los hechos punibles cometidos por cualquier organización armada ilegal conforme a las normas aplicables.
Que la Fiscalía General de la Nación elaboró la justificación técnica en el cual determinó las necesidades que en materia de personal requiere para atender sus funciones, especialmente las establecidas en la Ley 1453 de 2011, por medio de la cual se reforma el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal, el Código de Infancia y Adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad.
Que el Gobierno Nacional, previa disponibilidad presupuestal, considera procedente modificar la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación.
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase la planta de personal de la Fiscalía General de la Nación, creando los siguientes cargos de carácter permanente, así:
N° de Cargos
Denominación del Empleo
PLANTA GLOBAL
1
Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia
1
Fiscal Auxiliar ante la Corte Suprema de Justicia
101
Fiscal Delegado ante Jueces de Circuito
3
Fiscal Delegado ante Tribunal de Distrito
101
Fiscal Delegado ante Jueces Penales de Circuito Especializados
69
Fiscales Delegados ante Jueces Municipales y Promiscuos
100
Asistente de Fiscal III
156
Asistente de Fiscal IV
265
Investigador Criminalístico VII
6
Profesional Especializado III
4
Profesional Especializado II
15
Profesional Universitario III
Artículo 2°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto, se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Artículo 3°. El Fiscal General de la Nación distribuirá mediante acto administrativo, los empleos de la planta de personal global creados por el presente decreto, teniendo en cuenta la estructura interna de la entidad y las necesidades del servicio.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Juan Carlos Esguerra Portocarrero.
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Jorge Luis Trujillo Alfaro.