DECRETO 4792 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 4792 DE 2011    

(diciembre  16)    

D.O. 48289, diciembre 20 de 2011    

por el cual se autoriza el reconocimiento en dinero  de días compensatorios.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en  desarrollo de las normas señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo  1. Se podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que se  hubieren causado hasta la fecha de publicación del presente decreto, a favor de  cada empleado público, siempre que exista disponibilidad presupuestal y no se  afecten los recursos para el pago de horas extras que se vayan a causar en el  resto de la presente vigencia.    

Artículo  2. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 16 de diciembre de 2011.    

JUAN  MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Carlos Echeverri Garzón.    

La  Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Elizabeth  Rodríguez Taylor.    

               

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