DECRETO 463 DE 2011
(febrero 18)
D.O. 47.987, febrero 18 de 2011
por el cual se ejecuta la sanción disciplinaria impuesta por la Procuraduría General de la Nación al ex Director de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero, UIAF.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial la prevista en el artículo 172 de la Ley 734 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que el Procurador General de la Nación adelantó investigación disciplinaria, Radicación número IUS 2009-57515 IUC D 2010-4-105231, contra el doctor Mario Alejandro Aranguren Rincón identificado con la cédula de ciudadanía número 19282043, en su condición de Director de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero, UIAF;
Que mediante fallo de única instancia de fecha 1° de octubre de 2010, proferido por el Procurador General de la Nación, se declaró disciplinariamente responsable, en razón de los cargos formulados dentro del Proceso número IUS 2009-57515 IUC D 2010-4-105231, al doctor Mario Alejandro Aranguren Rincón, identificado con la cédula de ciudadanía número 19282043;
Que como consecuencia de la anterior declaración de responsabilidad, se le impuso al doctor Mario Alejandro Aranguren Rincón, como sanción disciplinaria, la destitución e inhabilidad general para ejercer cargos públicos por el término de dieciocho (18) años;
Que el Procurador General de la Nación, mediante providencia fecha diecinueve (19) de noviembre de 2010, Radicación número IUS 2009-57515 IUC D 2010-4-105231, resolvió el recurso de reposición interpuesto contra el fallo de única instancia proferido por el mismo Procurador General de la Nación; en dicha providencia se confirmó, en todas sus partes, la sanción impuesta en primera instancia al doctor Mario Alejandro Aranguren Rincón;
Que el Secretario de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación, remitió al Ministro de Hacienda y Crédito Público copia del fallo de única instancia y de la providencia que resuelve el recurso de reposición interpuesto contra dicho fallo, con la finalidad de que se haga efectiva la sanción impuesta al doctor Mario Alejandro Aranguren Rincón, en su condición de Director de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero, UIAF;
Que de acuerdo con el artículo 49 del Código Contencioso Administrativo y de conformidad con el pronunciamiento del 28 de julio de 1994, con radicación 624 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, los actos mediante los cuales el Presidente de la República da cumplimiento a una sanción disciplinaria a instancias de la autoridad competente, son de ejecución y contra los mismos no procede recurso alguno.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Hágase efectiva la sanción impuesta al doctor Mario Alejandro Aranguren Rincón, identificado con la cédula de ciudadanía número 19282043, en su condición de Director de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero, UIAF, para la época de los hechos, consistente en destitución e inhabilidad general para ejercer cargos públicos por dieciocho (18) años, de conformidad con el fallo de única instancia de fecha 1° de octubre de 2010, y providencia que resolvió recurso de reposición contra dicho fallo, de fecha 19 de noviembre de 2010, ambos proferidos por el Procurador General de la Nación.
Artículo 2°. Comuníquese, por intermedio de la Oficina de Control Disciplinario Interno del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el contenido del presente decreto al Sancionado, al Procurador General de la Nación y a la División de Registro, Control y Correspondencia de la Procuraduría General de la Nación; y a la Subdirección Administrativa y Financiera de la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero, UIAF, o a la oficina que haga sus veces.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y contra la presente decisión no procede recurso alguno.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 18 de febrero de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.