DECRETO 4190 DE 2011
(3 de noviembre)
D.O. 48.243, noviembre 4 de 2011
por el cual se establece a planta de personal del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, Coldeportes, y se dictan otras disposiciones.
Nota: Derogado por el Decreto 4965 de 2011, artículo 8º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que en uso de las facultades extraordinarias conferidas en la ley 1444 de 2011, el Presidente de la República, transformó al Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, en Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, Coldeportes, ordenando la adopción de la planta de personal para su funcionamiento.
Que se hace necesario suprimir la planta de personal del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, y establecer la planta de personal del Departamento Administrativo creado, para lo cual se presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal.
DECRETA:
Artículo 1°. Las funciones propias del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, Coldeportes, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
N° de Cargos
Denominación del Cargo y Dependencia
Código
Grado
Despacho del Director
1 (Uno)
Director de Departamento Administrativo
0010
–
Despacho del Subdirector
1 (Uno)
Subdirector General de Departamento Administrativo
0025
–
Planta Global
1 (Uno)
Secretario General de Departamento
0035
22
4 (cuatro)
Director Técnico
0100
22
1 (Uno)
Jefe de Oficina
0137
19
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
1045
16
Artículo 2°. El Director, mediante Resolución, incorporará los empleados públicos que del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, continuarán prestando sus servicios en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre, Coldeportes, y distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del Departamento.
Artículo 3°. La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 4° La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Articulo 8°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 216 de 2000 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de noviembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.