DECRETO 4153 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 4153 DE 2011     

(3 de noviembre)    

D.O. 48.242, noviembre 3 de 2011    

por el cual se establece la planta de personal  de la Unidad Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional  de Colombia y se dictan otras disposiciones.    

Nota: Derogado por  el Decreto 4884 de 2011,  artículo 5º.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de las facultades constitucionales y legales y, en especial, las que le  confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que en desarrollo de las facultades otorgadas  por la Ley 1444 de 2011 se  creó la Unidad Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional  de Colombia.    

Que en el decreto de creación de la Unidad  Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia,  se dispuso que el Gobierno Nacional adoptará la planta de personal de la Unidad  Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia,  de conformidad con la estructura prevista en el mismo.    

Que se presentó al Departamento Administrativo  de la Función Pública el estudio técnico que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los  artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005,  para efectos de establecer su planta de personal, encontrándolo ajustado técnicamente  y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.    

Que para los fines de este decreto la  Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y  Crédito Público otorgó concepto favorable.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Créanse en la planta de personal  de la Unidad Administrativa Agencia Presidencial de Cooperación Internacional  de Colombia los siguientes empleos:    

Número de Cargos                    

Dependencia y Denominación del    Cargo                    

Código                    

Grado   

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL   

1 (uno)                    

Director General de Entidad Descentralizada                    

0015                    

24   

1 (uno)                    

Asesor                    

1020                    

16   

PLANTA GLOBAL   

4 (cuatro)                    

Director Técnico                    

0100                    

22    

Artículo 2°. El Director General mediante resolución  distribuirá los cargos de la planta global y ubicará el personal teniendo en  cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.    

Artículo 3°. El Director General proveerá los empleos  creados en el presente decreto, de acuerdo con las disposiciones legales  vigentes y conforme a las apropiaciones presupuestales.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 3 de noviembre de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Carlos Echeverry  Garzón.    

El Director del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República,    

Federico Rengifo Vélez.    

La Directora del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Elizabeth Rodríguez Taylor.    

               

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