DECRETO 3825 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 3825 DE 2011     

(octubre 12)    

D.O. 48.221, octubre 13 de 2011    

por el cual se modifica la planta de  cargos de la Caja Nacional de Previsión Social Cajanal  EICE en Liquidación.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades Constitucionales y Legales, en especial las que le  confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto  2196 del 12 de junio de 2009, en virtud del cual se suprimió y ordenó la  liquidación de la Caja Nacional de Previsión Social Cajanal  EICE;    

Que mediante el Decreto  4564 de noviembre 23 de 2009, se aprobó la modificación de la planta de  cargos de la Caja Nacional de Previsión Social Cajanal  EICE en Liquidación, suprimiéndose ciento cuarenta y  tres (143) cargos de trabajadores oficiales.    

Que en el artículo 4° del Decreto  4564 del 23 de noviembre de 2009, se estableció que “Los servidores  públicos en condición de padre o madre cabeza de familia sin alternativa  económica, discapacitados, prepensionados y  embarazadas, se mantendrán temporalmente en la Planta de Personal mientras  conserven la condición que les otorga el reunir los supuestos de hecho que  generaron el beneficio. Extinguida la condición de beneficiario por  circunstancias sobrevinientes, el cargo quedará automáticamente suprimido”.    

Que con ocasión de la modificación de la  Planta de Personal de la Caja Nacional de Previsión Social Cajanal  EICE en Liquidación establecida en el Decreto 4564 de 2009  referido, la señora Patricia Castro Sierra, identificada con la cédula de  ciudadanía número 51736687 de Bogotá fue retirada del servicio.    

Que el Juzgado Cuarenta y Cinco Penal del Circuito de Bogotá,  mediante oficio dirigido al representante legal de la Caja Nacional de  Previsión Social – Cajanal EICE  en Liquidación, radicado bajo el número 00238126 comunicó la decisión de fecha  16 de marzo de 2011 de tutelar los derechos fundamentales impetrados dentro de  la acción de tutela, identificada con el número 064-2011 instaurada por la  señora Patricia Castro Sierra contra esa entidad, en cuya parte dispositiva  prescribe:    

“PRIMERO: TUTELAR DE MANERA TRANSITORIA y con el fin de  evitar un perjuicio irremediable LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS NIÑOS,  DEBIDO PROCESO, MÍNIMO VITAL, SALUD, SEGURIDAD SOCIAL Y ESTABILIDAD LABORAL  REFORZADA, vulnerados por Cajanal EICE  EN LIQUIDACIÓN, a favor de la accionante Patricia  Castro Sierra, de conformidad a lo signado en la parte motiva de este fallo.    

SEGUNDO. ORDENAR al Representante Legal de Cajanal  EICE en liquidación, doctor Jairo de Jesús Cortés  Arias o a quien haga sus veces para que dentro de las 48 horas siguientes a la  notificación de este fallo, reintegre a la accionante  al cargo que venía desempeñando al momento de su despido, debiendo cancelar a  esta los salarios y prestaciones sociales dejados de percibir desde el momento  de su desvinculación, derecho que perdurará hasta la culminación de la  liquidación de la entidad”.    

Que el Tribunal Superior de Bogotá, Sala Penal, mediante  sentencia del 29 de abril de 2011, resolvió la impugnación a la decisión del  Juzgado Cuarenta y Cinco (45) Penal del Circuito antes referida y en su parte  resolutiva dispuso: “PRIMERO. CONFIRMAR INTEGRALMENTE el fallo emitido el  dieciséis (16) de marzo de dos mil once (2011), por el Juzgado Cuarenta y Cinco  (45) Penal del Circuito de esta Ciudad, que tuteló los derechos fundamentales  invocados por la ciudadana Patricia Castro Sierra”. (sic)    

Que para dar cumplimiento a la sentencia de tutela en  mención, se hace necesario crear en la planta de cargos de la Caja Nacional de  Previsión Social Cajanal EICE  en Liquidación, el cargo de Trabajador Oficial – Secretaria 2, cargo último  desempeñado por la señora Patricia Castro Sierra.    

Que atendiendo lo previsto en el Decreto 2196 de 2009,  el Liquidador de la Caja Nacional de Previsión Social Cajanal  EICE en Liquidación, presentó al Departamento  Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que trata el  artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para  efectos de que se modifique la planta de cargos de esta entidad, el cual obtuvo  concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo.    

Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional  del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal  para la modificación de la planta de cargos de la Caja Nacional de Previsión  Social Cajanal EICE en  Liquidación.    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Apruébase la creación de un (1) cargo de  trabajador oficial en la planta de cargos de la Caja Nacional de Previsión  Social Cajanal EICE en  Liquidación.    

Parágrafo. El cargo creado en el presente artículo se  mantendrá hasta el cierre de la liquidación.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 4564 de 2009.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de octubre de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Carlos Echeverry Garzón.    

La Viceministra de Salud y Bienestar del Ministerio de la  Protección Social, Encargada de las Funciones del Despacho del Ministro de la  Protección Social,    

Beatriz Londoño Soto.    

La Directora del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Elizabeth Rodríguez Taylor.    

               

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