DECRETO 3342 DE 2011
(septiembre 9)
D.O. 48.187, septiembre 9 de 2011
por el cual se designa Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República ad hoc.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, nombrado por el señor Presidente el día 8 de septiembre de 2011, mediante Decreto número 3320 y posesionado el mismo día, de acuerdo con el Acta de Posesión de la misma fecha, manifestó que se encuentra impedido para actuar como Director, en todo lo relacionado con las situaciones administrativas tales como encargos, comisiones, de servicios, licencias remuneradas o no, vacaciones, etc., a que aluden los Decretos 1950 de 1973 y 2400 de 1968, relativas a la doctora Catalina Crane.
Que el impedimento lo presentó con fundamento en lo prescrito por el numeral 9 del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, cuyo tenor literal dice así:
“Artículo 150. Causales de recusación. Son causales de recusación las siguientes:
1. …
9. Existir enemistad grave por hechos ajenos al proceso, o a la ejecución de la sentencia, o amistad íntima entre el juez y alguna de las partes, su representante o apoderado.
10. …”.
Que la causal resulta aplicable a la administración pública en virtud de lo dispuesto en el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo.
Que una vez estudiada la solicitud de impedimento, se encontró que es necesario aceptar el impedimento y nombrar Director ad hoc del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para que conozca y decida sobre todas las situaciones que no pueda atender, en su calidad de Director, a causa del impedimento.
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrese como Directora del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República ad hoc a la doctora Paola Buendía García, identificada con la cédula de ciudadanía número 52415287 de Bogotá, Subdirectora General del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para conocer y decidir sobre todas las situaciones administrativas tales como encargos, comisiones, de servicios, licencias remuneradas o no, vacaciones, etc., a que aluden los Decretos 1950 de 1973 y 2400 de 1968, relativas a la doctora Catalina Crane.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de septiembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN