DECRETO 2896 DE 2011
(agosto 11)
D.O. 48.158, agosto 11 de 2011
por el cual se establece la Planta de Personal del Ministerio del Interior y se dictan otras disposiciones.
Nota 1: Modificado por el Decreto 2354 de 2019, por el Decreto 2028 de 2019, por el Decreto 1141 de 2018, por el Decreto 2626 de 2014, por el Decreto 2255 de 2014 y por el Decreto 669 de 2012.
Nota 2: Aclarado por el Decreto 3051 de 2011.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del artículo 11 de la Ley 1444 de 2011, se escindió el Ministerio del Interior y de Justicia;
Que el artículo 2° de la Ley 1444 de 2011, reorganizó el Ministerio del Interior y de Justicia, el cual denominó Ministerio del Interior;
Que en uso de facultades extraordinarias conferidas en la Ley 1444 de 2011, el Presidente de la República modificó los objetivos y estructura del Ministerio del Interior, ordenando la adopción de la planta de personal para su funcionamiento;
Que el Ministerio del Interior con el fin de establecer la planta de personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal.
DECRETA:
Artículo 1°. Ver aclaración del Decreto 3051 de 2011, artículo 1º. Las funciones propias del Ministerio del Interior serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
Número de cargos
Denominación del Cargo y Dependencia
Código
Grado
DESPACHO MINISTRO DEL INTERIOR
1 (Uno)
Ministro
0005
1 (Uno)
Gerente Fondo Nacional de Calamidades
0200
1 (Uno)
Director Técnico
0100
22
3 (Tres)
Asesor
1020
17
3 (Tres)
Asesor
1020
16
5 (Cinco)
Asesor
1020
15
3 (Tres)
Asesor
1020
11
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
22
2 (Dos)
Profesional Especializado
2028
19
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
18
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
16
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
15
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
14
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
12
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
10
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
08
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
17
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
16
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
15
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
23
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
21
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
16
4 (Cuatro)
Conductor Mecánico
4103
19
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
15
7 (Siete)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro
4212
26
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Ministro
4212
24
DESPACHO VICEMINISTRO DE RELACIONES POLÍTICAS
1 (Uno)
Viceministro
0020
2 (Dos)
Asesor
1020
16
1 (Uno)
Asesor
1020
15
(1 (Uno)
Asesor
1020
11
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
20
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
18
2 (Dos)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
16
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
19
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
18
2 (Dos)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
25
DESPACHO VICEMINISTRO DE PARTICIPACIÓN E IGUALDAD DE DERECHOS
1 (Uno)
Viceministro
0020
1 (Uno)
Asesor
1020
16
1 (Uno)
Asesor
1020
15
1(Uno)
Asesor
1020
14
3 (Tres)
Asesor
1020
11
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
23
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
18
1 (Uno)
Profesional Especializado
2028
16
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
18
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
11
2 (Dos)
Conductor Mecánico
4103
18
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
22
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro
4215
25
PLANTA GLOBAL
1 (Uno)
Secretario General de Ministerio
0035
24
7 (Siete)
Director Técnico
0100
23
5 (Cinco)
Subdirector Técnico
0150
23
2 (Dos)
Jefe de Oficina
0137
22
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Planeación
1045
16
1 (Uno)
Jefe de Oficina Asesora de Jurídica
1045
16
1 (Uno)
Asesor
1020
14
5 (Cinco)
Profesional Especializado
2028
23
8 (Ocho)
Profesional Especializado
2028
22
13 (Trece)
Profesional Especializado
2028
21
Número de cargos
Denominación del Cargo y Dependencia
Código
Grado
9 (Nueve)
Profesional Especializado
2028
20
13 (Trece)
Profesional Especializado
2028
19
10 (Diez)
Profesional Especializado
2028
18
20 (veinte)
Profesional Especializado
2028
17
5(Cinco)
Profesional Especializado
2028
16
6 (Seis)
Profesional Especializado
2028
15
23 (Veintitrés)
Profesional Especializado
2028
14
11 (Once)
Profesional Especializado
2028
13
15 (Quince)
Profesional Especializado
2028
12
13 (Trece)
Profesional Universitario
2044
11
2 (Dos)
Profesional Universitario
2044
10
4 (Cuatro)
Profesional Universitario
2044
09
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
08
2 (Dos)
Profesional Universitario
2044
07
9 (nueve)
Profesional Universitario
2044
06
3 (tres)
Profesional Universitario
2044
05
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
04
1 (Uno)
Profesional Universitario
2044
03
6 (Seis)
Profesional Universitario
2044
02
2 (Dos)
Profesional Universitario
2044
01
13 (Trece)
Técnico Administrativo
3124
18
6 (seis)
Técnico Administrativo
3124
17
3 (Tres)
Técnico Administrativo
3124
16
4 (Cuatro)
Técnico Administrativo
3124
13
1 (Uno)
Técnico Administrativo
3124
07
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
21
6 (Seis)
Auxiliar Administrativo
4044
17
1 (Uno)
Auxiliar Administrativo
4044
15
3 (Tres)
Auxiliar Administrativo
4044
14
1 (Dos)
Auxiliar Administrativo
4044
13
2 (Dos)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
14
14 (Catorce)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
13
1 (Uno)
Auxiliar de Servicios Generales
4064
10
3 (Tres)
Conductor Mecánico
4103
19
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
18
1 (Uno)
Conductor Mecánico
4103
16
6 (seis)
Conductor Mecánico
4103
15
1 (Uno)
Operario Calificado
4169
20
1 (Uno)
Operario Calificado
4169
19++
2 (Dos)
Operario Calificado
4169
13
1 (Uno)
Secretario
4178
12
6 (Seis)
Secretario Ejecutivo
4210
24
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
23
8 (Ocho)
Secretario Ejecutivo
4210
22
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
20
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
19
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
18
1 (Uno)
Secretario Ejecutivo
4210
15
Artículo 2°. El Ministro del Interior, mediante resolución, incorporará los empleados públicos que del Ministerio del Interior y de Justicia continuarán prestando sus servicios en el Ministerio del Interior y distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del Ministerio.
Artículo 3°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación.
Artículo 4°. Los empleados públicos del Ministerio del Interior gozarán de la protección especial de que trata el Capítulo II de la Ley 790 de 2002, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1444 de 2011.
Artículo 5°. La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 6°. La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Artículo 7°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de agosto de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.