DECRETO 2845 DE 2011
(agosto 10)
D.O. 48.157, agosto 10 de 2011
por el cual se nombran miembros principales y suplentes en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 80 del Decreto ley 410 de 1971 y el Decreto 898 de 2002,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional estará representado en las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte de cada Junta.
Que el artículo 12 del Decreto 898 del 2002, establece que las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se integrarán teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al que se realice la elección, de la siguiente manera:
1. Las Cámaras de Comercio que tengan hasta 15.000 comerciantes, seis (6) miembros principales y seis (6) suplentes personales.
2. Las Cámaras de Comercio con más de 15.000 y hasta 30.000 comerciantes, nueve (9) miembros principales y nueve (9) miembros suplentes personales.
3. Las Cámaras de Comercio con más de 30.000 comerciantes, doce (12) miembros principales y doce (12) miembros suplentes personales.
Que de conformidad con las normas citadas y según cuadro suministrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, la Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio, corresponde a un total de cuatro (4) miembros principales y cuatro (4) miembros suplentes.
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrase al doctor José Enrique Pardo García, identificado con la cédula de ciudadanía número 3289237 de Villavicencio, como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
Artículo 2°. Nómbrase al doctor Luis Fernando Duque Martínez, identificado con la cédula de ciudadanía número 79600064 de Bogotá, como Miembro Suplente del doctor José Enrique Pardo García, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
Artículo 3°. Nómbrase a la doctora Carolina María Hurtado Velásquez, identificada con la cédula de ciudadanía número 40399080 de Villavicencio, como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
Artículo 4°. Nómbrase al doctor Harold Disnardo Díaz Güiza, identificado con la cédula de ciudadanía número 17339213 de Villavicencio, como Miembro Suplente de la doctora Carolina María Hurtado Velásquez, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
Artículo 5°. Nómbrase al doctor Luis Fernando Leal Velásquez, identificado con la cédula de ciudadanía número 19070431, como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
Artículo 6°. Nómbrase al doctor Humberto Guerrero Chaquea, identificado con la cédula de ciudadanía número 17313055 de Villavicencio, como Miembro Suplente del doctor Luis Fernando Leal Velásquez, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
Artículo 7°. Nómbrase al doctor Hugo Estrada Nieto, identificado con la cédula de ciudadanía número 3295716 de Bogotá, como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
Artículo 8°. Nómbrase al doctor Fernando Augusto Murillo Rengifo, identificado con la cédula de ciudadanía número 14226701 de Ibagué, como Miembro Suplente del doctor Hugo Estrada Nieto, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio.
Artículo 9°. Los nuevos Directivos nombrados, deberán posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara de Comercio.
Artículo 10. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 10 de agosto de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Sergio Díaz Granados Guida.