DECRETO 2711 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 2711  DE 2011    

(agosto 2)    

D.O. 48.149, agosto 2 de 2011    

por el cual se da cumplimiento a una decisión de la Procuraduría  General de la Nación que ordena prorrogar la suspensión provisional impuesta al  Alcalde Mayor de Bogotá D. C. y se prorroga una designación.    

El Presidente  de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales  y legales, en especial las conferidas por los artículos 323 de la Constitución Política,  106 de la Ley 136 de 1994, 51  del Decreto 1421 de 1993,  en concordancia con el artículo 157 de la Ley 734 de 2002, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  1390 del 3 de mayo de 2011 se suspendió provisionalmente en el ejercicio  del cargo de Alcalde Mayor de Bogotá, al señor Samuel Moreno Rojas, por el  término de (3) tres meses, sin derecho a remuneración, en cumplimiento del Auto  proferido el 2 de mayo del mismo año, por la Procuraduría General de la Nación,  dentro del proceso con número de Radicación IUS  2010-375030.    

Que el  Procurador General de la Nación, mediante providencia del 2 de agosto de 2011,  proferida dentro del proceso con número de radicación IUS  2010-375030, resolvió prorrogar por el término de (3) tres meses la orden de  suspensión provisional decretada en contra del señor Samuel Moreno Rojas, en su  condición de Alcalde Mayor de Bogotá D. C., para la época de los hechos.    

Que en la  misma providencia del 2 de agosto de 2011, ordenó comunicar esa decisión al  señor Presidente de la República, para que proceda a dar inmediato cumplimiento  a la prórroga de la medida de suspensión provisional decretada en contra del  señor Alcalde Mayor de Bogotá D.C, señor Samuel  Moreno Rojas y enviar oportunamente copia de su actuación en cumplimiento de lo  ordenado para que haga parte del expediente.    

Que mediante Decreto  2035 del 9 de junio de 2011, se designó a la señora Clara Eugenia López  Obregón con cédula de ciudadanía número 41.481.937 de Bogotá, como Alcalde  Mayor de Bogotá D.C., mientras dura la suspensión  provisional ordenada por el Procurador General de la Nación, mediante Auto del  2 de mayo de 2011 dentro del proceso con número de radicación IUS 2010-375030.    

Que la Ley 1475  del 14 de julio de 2011, “por la  cual se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y  movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras  disposiciones”, establece en el inciso 2° del parágrafo 3° del artículo  29, que no podrán ser encargados o designados como gobernadores o alcaldes para  proveer vacantes temporales o absolutas en tales cargos, quienes se encuentren  en cualquiera de las inhabilidades a que se refieren los numerales 1, 2, 5 y 6  del artículo 30 y 1, 4 y 5 del artículo 37 de la Ley 617 de 2000,  exceptuando de esta forma los numerales 3, 4 y 7 del artículo 30, así como los  numerales 2 y 3 del artículo 37 de la norma en mención.    

Que  conforme a lo anterior, ya no opera la inhabilidad consignada en el numeral 2  del artículo 37 de la Ley 617 de 2000, es  decir, para quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la  elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad  política, civil, administrativa o militar, en el respectivo municipio.    

Que  en cumplimiento de lo ordenado por la Procuraduría General de la Nación, se  hace necesario hacer efectiva la prórroga de la medida de suspensión  provisional impuesta al señor Samuel Moreno Rojas, en su condición de Alcalde  Mayor de Bogotá D.C., y así mismo, prorrogar la  designación efectuada mediante el Decreto  2035 del 9 de junio de 2011.    

DECRETA:    

Artículo  1°. Prórroga de la suspensión. Prorrogar  la suspensión provisional en el ejercicio del cargo de Alcalde Mayor de Bogotá  D. C., al señor Samuel Moreno Rojas con cédula de ciudadanía 19.385.159 de  Bogotá, por el término de tres (3) meses, sin derecho a remuneración, en  cumplimiento del Auto proferido el 2 de agosto de 2011 por la Procuraduría  General de la Nación, dentro del proceso con número de Radicación IUS 2010-375030, de conformidad con lo señalado en la parte  motiva del presente decreto.    

Artículo  2°. Prórroga de la designación. Prorrogar  la designación de la señora Clara Eugenia López Obregón, identificada con la  cédula de ciudadanía número 41.481.937 de Bogotá, como Alcaldesa Mayor de  Bogotá, D. C., efectuada mediante Decreto  2035 del 9 de junio de 2011, mientras dura la prórroga de la suspensión  provisional del Alcalde titular.    

Artículo  3°. Comunicación. Comunicar el  contenido de presente acto a la Oficina de Registro y Control de la  Procuraduría General de la Nación; al Señor Samuel Moreno Rojas, Alcalde Mayor  de Bogotá D.C., y a la señora Clara Eugenia López  Obregón, Alcaldesa Mayor Designada.    

Artículo  4°. Vigencia. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su expedición y contra él no procede recurso  alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 49 del Código Contencioso  Administrativo.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2011.    

JUAN  MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El  Ministro del Interior y de Justicia,    

Germán Vargas  Lleras.    

               

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