DECRETO 2673 DE 2011
(julio 29)
D.O. 48.145, julio 29 de 2011
por el cual se modifican los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto 1658 de 2011 de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Tumaco.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, artículo 80 del Decreto ley 410 de 1971 y el Decreto 898 de 2002,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional estará representado en las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte de cada Junta.
Que el artículo 12 del Decreto 898 de 2002, establece que las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se integrarán teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al que se realice la elección, de la siguiente manera:
1. Las Cámaras de Comercio que tengan hasta 15.000 comerciantes, seis (6) miembros principales y seis (6) suplentes personales.
2. Las Cámaras de Comercio con más de 15.000 y hasta 30.000 comerciantes, nueve (9) miembros principales y nueve (9) miembros suplentes personales.
3. Las Cámaras de Comercio con más de 30.000 comerciantes, doce (12) miembros principales y doce (12) miembros suplentes personales.
Que de conformidad con las normas citadas y según cuadro suministrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, la Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Tumaco, corresponde a un total de dos (2) miembros principales y dos (2) miembros suplentes,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifíquense los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto 1658 del 23 de mayo de 2001, (Sic, Decreto 1658 del 23 de mayo de 2011) los cuales quedarán así:
“Artículo 2°. Nómbrese al doctor Darío Garcés Sierra, identificado con la cédula de ciudadanía número 2906340, como Miembro Suplente en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Tumaco, en reemplazo del doctor Santiago Edgardo Correa Araújo.
Artículo 3°. Nómbrese al doctor Ciro María Rodríguez Ortega, identificado con la cédula de ciudadanía número 13000263, como Miembro Principal del doctor Víctor Ignacio Jaramillo, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Tumaco, en reemplazo del doctor Víctor Ignacio Jaramillo.
Artículo 4°. Nómbrese al doctor Carlos Teonilo Palacios Ortiz, identificado con la cédula de ciudadanía número 2906340, como Miembro Suplente del doctor Ciro María Rodríguez Ortega, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Tumaco, en reemplazo del doctor Guillermo Hoyos”.
Artículo 2°. Los nuevos Directivos nombrados deberán posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara de Comercio.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 1658 del 23 de mayo de 2011.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Sergio Díaz Granados Guida.