DECRETO 2672 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 2672 DE 2011     

(julio 29)    

D.O. 48.148,  agosto 1 de 2011    

por el cual se  modifican los artículos 4°, 5° y 6° del Decreto 1851 de 2011  de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Aburrá  Sur.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política,  artículo 80 del Decreto ley 410 de  1971 y el Decreto 898 de 2002,    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo  80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional estará representado en las  Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte de cada  Junta.    

Que el artículo 12 del Decreto 898 del 2002,  establece que las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se integrarán  teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente al 31 de  diciembre del año inmediatamente anterior al que se realice la elección, de la  siguiente manera:    

1. Las Cámaras de Comercio que tengan hasta  15.000 comerciantes, seis (6) miembros principales y seis (6) suplentes  personales.    

2. Las Cámaras de Comercio con más de 15.000 y  hasta 30.000 comerciantes, nueve (9) miembros principales y nueve (9) miembros  suplentes personales.    

3. Las Cámaras de Comercio con más de 30.000  comerciantes, doce (12) miembros principales y doce (12) miembros suplentes  personales.    

Que de conformidad con las normas citadas y  según cuadro suministrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, la  Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de  Comercio de Aburrá Sur, corresponde a un total de  tres (3) miembros principales y tres (3) miembros suplentes.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifíquense los artículos 4°, 5°  y 6° del Decreto  1851 del 27 de mayo de 2011, el cual quedará así:    

“Artículo 4°. Nómbrese al doctor Luis  Javier Valencia Aguilar, identificado con la cédula de ciudadanía número  70090387 de Medellín, como Miembro Suplente del doctor Diego Alonso Mann  Monsalve, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la  Cámara de Comercio de Aburrá Sur, en reemplazo del  doctor Jorge Alberto Sánchez Ardila.    

Artículo 5°. Nómbrese al doctor  Luis Fernando Mejía Escobar, identificado con la cédula de ciudadanía número  71606846 de Medellín, como Miembro Principal en representación del Gobierno  Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Aburrá  Sur, en reemplazo de la doctora María Fernanda Miranda Espinosa.    

Artículo 6°. Nómbrese al doctor  Juan Carlos Rico Llano, identificado con la cédula de ciudadanía número  98541505 de Envigado, como Miembro Suplente del doctor Luis Fernando Mejía  Escobar, en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la  Cámara de Comercio de Aburrá Sur, en reemplazo del  doctor Luis Javier Valencia Aguilar, quien pasó a otra suplencia”.    

Artículo 2°. Los nuevos Directivos nombrados,  deberán posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara de  Comercio.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación y modifica los artículos 4°, 5° y 6° del Decreto  1851 del 27 de mayo de 2011.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

Sergio Díaz Granados Guida.    

               

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