DECRETO 2610 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 2610 DE 2011    

(julio 21)    

D.O. 48.137, julio 21 de 2011    

por el cual se delegan unas funciones  constitucionales.    

Nota:  Derogado por el Decreto 2621 de 2011,  artículo 1º.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la República se  trasladará el día 23 de julio de 2011, a la ciudad de Lima (República del  Perú), con el fin de participar en la Cumbre Presidencial de la Comunidad  Andina.    

Que de conformidad con las disposiciones  constitucionales, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, está habilitado  para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro  Delegatario.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la  ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren  los considerandos del presente decreto, deléganse en  el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, doctor Sergio Diazgranados  Guida, las funciones legales y las correspondientes a  las siguientes atribuciones constitucionales:    

1. Artículos 129; 189, con excepción de lo  previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.    

2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se  refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente  de la República.    

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de julio de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

               

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