DECRETO 2545 DE 2011
(julio 15)
D.O. 48.131, julio 15 de 2011
por medio del cual se crea una ventanilla única para recibir y tramitar las solicitudes de antecedentes penales, disciplinarios y fiscales de los partidos, movimientos políticos o comités de los grupos significativos de ciudadanos para las próximas elecciones del 30 de octubre de 2011.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y los artículos 8°, 9°, 10, 11, 12 y 13 de la Ley 1475 de 2011, 2 del Decreto 2241 de 1986, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 188 de la Constitución Política le corresponde al Presidente de la República garantizar los derechos y libertades de todos los colombianos.
Que de conformidad al artículo 107 de la Constitución Política, los partidos y movimientos políticos deberán responder por avalar a candidatos elegidos en cargos o Corporaciones Públicas de elección popular, quienes hayan sido o fueren condenados durante el ejercicio del cargo al cual se avaló mediante sentencia ejecutoriada en Colombia o en el exterior por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico o de delitos contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad.
Que igualmente el artículo 107 de la Constitución Política establece que los partidos o movimientos políticos también responderán por avalar a candidatos no elegidos para cargos o Corporaciones Públicas de Elección Popular, si estos hubieran sido o fueren condenados durante el período del cargo público al cual se candidatizó, mediante sentencia ejecutoriada en Colombia o en el exterior por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico, cometidos con anterioridad a la expedición del aval correspondiente.
Que los numerales 1 y 9 del artículo 12 del Decreto 4530 de 2008 establecen como funciones del Ministerio del Interior y de Justicia, coordinar y garantizar el normal desarrollo de los procesos electorales, promover el cumplimiento de las garantías de los mismos y velar por la salvaguarda de los derechos y deberes de los partidos y movimientos políticos.
Que el Ministerio del Interior y de Justicia con el fin de dar cumplimiento a las anteriores disposiciones creará una ventanilla única como mecanismo para facilitar la obtención de información previa al otorgamiento de avales por parte de los partidos, movimientos políticos o comités promotores de los grupos significativos de ciudadanos a candidatos que aspiran a cargos de elección popular para las próximas elecciones de octubre 30 de 2011.
DECRETA:
Artículo 1°. Ventanilla única. Créase una ventanilla única para recibir y tramitar las solicitudes de antecedentes penales, disciplinarios y fiscales de los partidos, movimientos políticos o comités de los grupos significativos de ciudadanos para las próximas elecciones del 30 de octubre de 2011, con el fin de facilitar la obtención de información a los partidos y movimientos políticos o comités de los grupos significativos de ciudadanos para el otorgamiento de avales.
Artículo 2°. Competencia. La ventanilla única funcionará en la Dirección para la Democracia y Participación Ciudadana del Ministerio del Interior y de Justicia hasta el cierre de la etapa de inscripción de candidatos para las elecciones de octubre 30 de 2011.
Artículo 3°. Trámite. El Ministerio del Interior y de Justicia recepcionará las solicitudes de antecedentes penales, disciplinarios y fiscales de los partidos, movimientos políticos o comités de los grupos significativos de ciudadanos para las próximas elecciones del 30 de octubre de 2011, a fin de consolidar e informar a los peticionarios respecto de los resultados obtenidos.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de julio de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro del Interior y de Justicia,
Germán Vargas Lleras.