DECRETO 2051 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 2051 DE 2011     

(junio 13)    

D.O. 48.099, junio 13 de 2011    

por el cual se modifica  parcialmente el Arancel de Aduanas.    

Nota: El Decreto 4927 de 2011,  artículo 5º, prorrogó la vigencia del presente decreto.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial de las conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a lo dispuesto en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Decreto  4589 del 27 de diciembre de 2006, se adoptó el Arancel de Aduanas que entró  a regir a partir del 1° de enero de 2007.    

Que el Consejo Superior de  Comercio Exterior en su Sesión 89 del 4 de abril de 2011 recomendó bajar los  aranceles de los cueros crudos para mejorar la disponibilidad de la materia  prima y reducir costos de producción de la cadena del cuero y sus manufacturas.    

Que en la Sesión 230 del 14 de abril de 2011 el Comité de  Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, recomendó autorizar la  reducción del gravamen arancelario a cero por ciento (0%) para los productos  clasificables en las subpartidas arancelarias 4101.20.00.00, 4101.50.00.00,  4101.90.00.00, 4104.11.00.00 y 4104.19.00.00, hasta el 31 de diciembre de 2011.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Establecer un gravamen arancelario de cero  por ciento (0%) para las subpartidas arancelarias 4101.20.00.00, 4101.50.00.00,  4101.90.00.00, 4104.11.00.00 y 4104.19.00.00.    

Artículo 2°. El gravamen establecido en el artículo  anterior tendrá vigencia a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto  y hasta el 31 de diciembre de 2011.    

Artículo 3°. El presente decreto entra en vigencia a  partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1°  del Decreto 4589 de 2006.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de junio de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Carlos Echeverry  Garzón.    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

Sergio Diazgranados  Guida.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *