DECRETO 1652 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 1652 DE 2011     

(mayo 23)    

D.O. 48.078, mayo 23 de 2011    

por el cual se  nombran miembros principales y suplentes en la Junta Directiva de la Cámara de  Comercio de Buga.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política,  artículo 80 del Decreto ley 410 de  1971 y el Decreto 898 de 2002,    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo  80 del Código de Comercio, el Gobierno Nacional estará representado en las  Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio hasta en una tercera parte de cada  junta.    

Que el artículo 12 del Decreto 898 del 2002  establece que las Juntas Directivas de las Cámaras de Comercio se integrarán  teniendo en cuenta el número de comerciantes con matrícula vigente al 31 de  diciembre del año inmediatamente anterior al que se realice la elección, de la  siguiente manera:    

1. Las Cámaras de Comercio que tengan hasta  15.000 comerciantes, seis (6) miembros principales y seis (6) suplentes  personales.    

2. Las Cámaras de Comercio con más de 15.000 y  hasta 30.000 comerciantes, nueve (9) miembros principales y nueve (9) miembros  suplentes personales.    

3. Las Cámaras de Comercio con más de 30.000  comerciantes, doce (12) miembros principales y doce (12) miembros suplentes  personales.    

Que de conformidad con las normas citadas y  según cuadro suministrado por la Superintendencia de Industria y Comercio, la  Representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de  Comercio de Buga corresponde a un total de dos (2) miembros principales y dos  (2) miembros suplentes.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nómbrese al doctor Luis Miguel  Cabal Navia, identificado con la cédula de ciudadanía número 14876535 de Buga,  como Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta  Directiva de la Cámara de Comercio de Buga.    

Artículo 2°. Nómbrese al doctor Mario Germán  Azcárate Materón, identificado con la cédula de ciudadanía número 14872892 de  Buga, como Miembro Suplente del doctor Luis Miguel Cabal, en representación del  Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Buga.    

Artículo 3°. Nómbrese al doctor William Guerrero  Toro, identificado con la cédula de ciudadanía número 14882163 de Buga, como  Miembro Principal en representación del Gobierno Nacional en la Junta Directiva  de la Cámara de Comercio de Buga.    

Artículo 4°. Nómbrese al doctor Andrés  Gutiérrez Upegui, identificado con la cédula de ciudadanía número 14886391 de  Buga, como Miembro Suplente del doctor William Guerrero en representación del  Gobierno Nacional en la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Buga.    

Artículo 5°. Los nuevos directivos nombrados deberán  posesionarse ante la Junta Directiva de la respectiva Cámara de Comercio.    

Artículo 6°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean  contrarias.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de mayo de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,    

Sergio  Díaz-Granados Guida.    

               

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