DECRETO 1517 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 1517 DE 2011     

(mayo 10)    

D.O. 48.067, mayo 11 de 2011    

por medio del cual se crea un Consulado  Honorario y se hace una designación en el Servicio Exterior.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas en el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto  1538 del 17 de mayo de 2004, por medio del cual se reglamenta la apertura  de oficinas consulares honorarias, el servicio consular honorario de Colombia y  se dictan otras disposiciones sobre la materia,    

CONSIDERANDO:    

Que la Embajada de Colombia en Santiago,  Chile, mediante Oficio número E 213 de 9 de diciembre de 2010, solicita la  apertura de un Consulado Honorario en Iquique, teniendo en cuenta las  especiales condiciones de esa ciudad, reconocida como un gran centro empresarial  por su industria y su comercio, así como por la comunidad colombiana residente  en ese país, quienes necesitan asistencia consular.    

Que un consulado de Colombia en esa ciudad,  sin duda contribuiría enormemente a fortalecer y afianzar las acciones de  promoción del país, así como a apoyar las actividades de la Misión diplomática,  tendientes a explorar nuevos escenarios para la atracción del comercio y la inversión.    

Que el Decreto 1538 de 2004,  actualmente vigente, reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias y  el servicio consular honorario de Colombia y de conformidad con la Convención  de Viena de 1963 sobre relaciones consulares aprobada por la Ley 17 de 1971,  ratificada el 6 de septiembre de 1972, el Gobierno de Colombia puede abrir  oficinas consulares dirigidas por Cónsules Honorarios.    

Que mediante Nota Verbal número 01635 de 9 de  febrero de 2011, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, dio su  consentimiento para la apertura del Consulado Honorario de Colombia en Iquique.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Créase el Consulado Honorario de  Colombia en Iquique, Chile, con circunscripción en toda la I región de  Tarapacá.    

Artículo 2°. Créase el cargo de Cónsul  Honorario de Colombia en Iquique, Chile.    

Artículo 3°. Desígnase  a Rodrigo Perlaza Prado, como Cónsul Honorario de Colombia en Iquique, Chile.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de mayo de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela Holguín Cuéllar.    

               

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