DECRETO 1516 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 1516 DE 2011     

(mayo 10)    

D.O. 48.067, mayo 11 de 2011    

por medio del cual se crea un Consulado  Honorario y se hace una designación en el Servicio Exterior.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las  conferidas en el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política,  la Ley 17 de 1971 y el Decreto  1538 del 17 de mayo de 2004, por medio del cual se reglamenta la apertura  de oficinas consulares honorarias, el servicio consular honorario de Colombia y  se dictan otras disposiciones sobre la materia,    

CONSIDERANDO:    

Que la Embajada de Colombia en Santiago,  Chile, mediante Oficio número E 207 de 2 de diciembre de 2010, solicita la  apertura de un Consulado Honorario en Antofagasta, teniendo en cuenta las  especiales condiciones de esa ciudad, ubicada en el norte del país, reconocida  como uno de los principales puertos chilenos sobre el Pacífico, dedicada a la  industria de la minería, así como por la comunidad colombiana residente en ese  país, quienes necesitan asistencia consular.    

Que un consulado de Colombia en esa ciudad,  sin duda contribuiría enormemente a fortalecer y afianzar las acciones de  promoción del país, así como, a apoyar las actividades de la Misión  Diplomática, tendientes a explorar nuevos escenarios para la atracción del  comercio y la inversión.    

Que el Decreto 1538 de 2004,  actualmente vigente, reglamenta la apertura de oficinas consulares honorarias y  el servicio consular honorario de Colombia y de conformidad con la Convención  de Viena de 1963 sobre relaciones consulares aprobada por la Ley 17 de 1971,  ratificada el 6 de septiembre de 1972, el Gobierno de Colombia puede abrir  oficinas consulares dirigidas por Cónsules Honorarios.    

Que mediante Nota Verbal número 01636 de 9 de  febrero de 2011, el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, dio su  consentimiento para la apertura del Consulado Honorario de Colombia en  Antofagasta.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Créase el Consulado Honorario de  Colombia en Antofagasta, Chile, con circunscripción en toda la II región de Antofagasta.    

Artículo 2°. Créase el cargo de Cónsul  Honorario de Colombia en Antofagasta, Chile.    

Artículo 3°. Desígnase  a Ángela Olivia Ramírez Rey, como Cónsul Honoraria de Colombia en Antofagasta,  Chile.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de mayo de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

María Ángela  Holguín Cuéllar.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *