DECRETO 1228 DE 2011

Decretos 2011

DECRETO 1228 DE 2011    

(abril  15)    

D.O. 48.046, abril 18 de 2011    

por  el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de la Protección  Social.    

Nota: Derogado por el Decreto 4110 de 2011,  artículo 7º.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, en especial las que le otorga el numeral 14 del  artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que  el Ministerio de la Protección Social, presentó el estudio técnico de que  tratan el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los  artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005  para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto  favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.    

Que  el Ministerio de la Protección Social, para el propósito de modificar su planta  de personal, cuenta con viabilidad presupuestal de la Dirección General del  Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.    

Que  en mérito de lo anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Ministerio de la  Protección Social:    

Número de Cargos                    

Denominación del Empleo                    

Código                    

Grado   

PLANTA GLOBAL   

Cien (100)                    

Inspector de Trabajo y Seguridad Social                    

2003                    

12    

Artículo 2°. El Ministro de la Protección  Social, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global a que se  refiere el artículo 1° del presente decreto y ubicará el personal teniendo en  cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio  del Ministerio.    

Artículo 3°. Los cargos de carrera  administrativa vacantes de la planta de personal, a que se refiere el artículo  1° del presente decreto, se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás  disposiciones vigentes sobre la materia.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 207 de 2003 y 1294 de 2009.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de abril de 2011.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Viceministro General del Ministerio de  Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Bruce Mac Master  Rojas.    

El Ministro de la Protección Social,    

Mauricio Santa  María Salamanca.    

La Directora del Departamento Administrativo  de la Función Pública,    

Elizabeth Rodríguez Taylor.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *