DECRETO 1087 DE 2011
(abril 5)
D.O. 48.034, abril 6 de 2011
por el cual se acepta la renuncia de un notario y se designa un notario en propiedad en el Círculo de Medellín, en virtud del numeral 3 del artículo 178 del Decreto 960 de 1970.
El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales en virtud de los Decretos números 940 y 977 de 2011, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 144 y 178 numeral 3 del Decreto 960 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 131 de la Constitución Política dispone que el cargo de notario en propiedad, debe proveerse por concurso.
Que el doctor Rodrigo León Palacio Laverde, quien fue designado como Notario Octavo del Círculo de Medellín, en interinidad, mediante el Decreto 809 del 18 de mayo de 1995, y en propiedad, con el Decreto 092 del 16 de enero de 2009, a través de escrito del 10 de marzo de 2011, dirigido al señor Ministro del Interior y de Justicia, presentó renuncia irrevocable al cargo que viene desempeñando.
Que de conformidad con el artículo 144 del Decreto 960 de 1970, “El cargo se pierde: 1. Por aceptación de la renuncia”.
Que el doctor Fabio Alberto Ortega Márquez, fue designado como Notario Treinta (30) del Círculo de Medellín, mediante el Decreto 3508 del 24 de septiembre de 2010.
Que la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial, certificó mediante escrito del 16 de febrero de 2011, que el doctor Fabio Alberto Ortega Márquez, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.620.083, en su calidad de Notario Treinta del Círculo de Medellín, solicitó el 18 de noviembre de 2010, primero que otro notario del mismo círculo su designación como Notario Octavo en propiedad o en cualquiera otra que quede vacante.
Que la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial, mediante escrito del 3 de febrero de 2011, certificó que esa Corporación en sesión del veinticuatro (24) de marzo del año dos mil diez (2010), entre otros asuntos, trató el tema relacionado con el derecho de preferencia consagrado por el artículo 178-3 del Estatuto Notarial Decreto Ley 960 de 1970 y consideró que:
“(…) quien se inscribiera al concurso público y abierto para la provisión de los cargos de notarios y por superar todas las etapas forme parte de la lista de elegibles, sea designado como notario en propiedad, queda incorporado a la carrera notarial con sus derechos y obligaciones, de acuerdo con la Sentencia de la Corte Constitucional C-153 de 1999 en cuanto a la inexequibilidad parcial de los artículos 168 y 169 del Estatuto Notarial, sin requerir de un acto administrativo del Consejo Superior que así lo declare.
Ocurrida una vacante absoluta, un notario haciendo valer sus derechos de carrera (artículo 168 del Decreto 960 de 1970), puede solicitar ser designado en otra notaría de acuerdo con lo previsto por el artículo 178 numeral 3 que establece:
“Artículo 178. El pertenecer a la carrera notarial implica: … 3. Preferencia para a ocupar, a solicitud propia y dentro de la misma circunscripción político-administrativa, otra notaría de la misma categoría que se encuentre vacante.
El Consejo Superior consideró que el notario que primero solicite ocupar otra notaría en ejercicio del derecho de preferencia, tendrá mejor derecho que quienes también lo soliciten posteriormente.
Que la vacante que quede luego de ejercitado el derecho de preferencia, se llenará con la correspondiente lista de elegibles que se encuentre vigente”. (Negrilla dentro del texto original).
Que la designación de los Notarios de Primera Categoría es competencia del Gobierno Nacional.
Que corresponde al Consejo Superior administrar la carrera notarial y los concursos (artículo 164 Decreto Ley 960 de 1970).
Que la Dirección de Gestión Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante escrito de 16 de febrero de 2011, certificó que el doctor Fabio Alberto Ortega Márquez, cumple con los requisitos establecidos en el Decreto 960 de 1970 para ocupar el cargo de Notario de primera categoría.
Que conforme a lo anteriormente expuesto, se hace necesario aceptar la renuncia del doctor Rodrigo León Palacio Laverde, quien fuera designado como Notario Octavo del Círculo de Medellín, en propiedad, y nombrar al doctor Fabio Alberto Ortega Márquez, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.620.083 en la misma notaría, en propiedad, por haberlo solicitado en ejercicio del derecho de preferencia.
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptación de la renuncia. Acéptase a partir de la fecha de expedición del presente decreto, la renuncia presentada por el doctor Rodrigo León Palacio Laverde, identificado con la cédula de ciudadanía número 8.288.943, al cargo de Notario Octavo del Círculo de Medellín, en propiedad, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
Articulo 2°. Nombramiento por derecho de preferencia. Nómbrase al doctor Fabio Alberto Ortega Márquez, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.620.083 como Notario Octavo, en propiedad, del Círculo de Medellín, por haberlo solicitado en ejercicio del derecho de preferencia.
Artículo 3°. Acreditación de requisitos. Para tomar posesión del cargo, el designado deberá acreditar ante la Superintendencia de Notariado y Registro, la documentación de ley.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de abril de 2011.
GERMÁN VARGAS LLERAS
El Ministro del Interior y de Justicia,
Germán Vargas Lleras.