DECRETO 786 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 786 DE 2010     

(marzo 11)    

D.O. 47.648, marzo 11 de 2010    

por el cual se  acepta un impedimento y se nombra Gobernador ad hoc  para el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.    

El Ministro del  Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones  Presidenciales, en virtud del Decreto  718 del 5 de marzo de 2010, en ejercicio de sus funciones constitucionales  y legales, en especial las conferidas por los artículos 115 y 189 de la Constitución Política y  66 de la Ley 4a  de 1913, y    

CONSIDERANDO:    

Que el señor Pedro Claver Gallardo Forbes,  Gobernador del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa  Catalina, mediante oficio sin fecha dirigido al Procurador Regional de San  Andrés Isla, doctor Félix Hawkins Manuel el 3 de  marzo de 2010 y allegado al Ministerio del Interior y de Justicia el 10 del  mismo mes, se declaró impedido para actuar como representante legal de la  entidad territorial dentro de la Comisión de Coordinación y Seguimiento Electoral  Departamental y solicitó la designación de un Gobernador ad hoc  para atender lo relacionado con el proceso electoral del próximo 14 de marzo,  teniendo en cuenta la relación de parentesco en cuarto grado de consanguinidad  que lo une con su primo hermano el Señor Julio Eugenio Gallardo Archbold, quien es candidato a la Cámara de Representantes  por el Movimiento de Integración Regional – IR, y solicita el nombramiento de  Gobernador ad hoc por la proximidad de las  elecciones;    

Que en virtud de lo anterior y en cumplimiento  de lo ordenado en las Resoluciones número 0466 y 0464 del 3 de marzo de 2010,  proferidas por el Consejo Nacional Electoral, se hace necesario designar un  Gobernador ad hoc para que actúe y asegure el normal  desarrollo del proceso electoral, presidiendo la Comisión Departamental para la  Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales y brindando todas las  garantías a los candidatos y electores e intervenir como clavero en los  escrutinios;    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aceptar el impedimento  manifestado por el señor Pedro Claver Gallardo Forbes, Gobernador del departamento Archipiélago de San  Andrés, Providencia y Santa Catalina, de conformidad con lo señalado en la  parte motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Como consecuencia de lo dispuesto  en el artículo anterior, desígnase como Gobernador ad  hoc para el departamento Archipiélago de San Andrés,  Providencia y Santa Catalina, al señor Schoonewolff Mansang Boris, identificado con la cédula de ciudadanía  número 18000973 expedida en San Andrés, Isla, quien se desempeña como Director  Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar del citado  departamento, para que actúe y asegure el normal desarrollo del proceso  electoral, presidiendo la Comisión Departamental para la Coordinación y  Seguimiento de los Procesos Electorales y brindando todas las garantías a los  candidatos y electores e intervenir como clavero en los escrutinios, en las  elecciones que se llevarán a cabo el 14 de marzo de 2010 y hasta la culminación  de los mismos, de conformidad con lo establecido en los considerandos  del presente acto.    

Artículo 3°. Comuníquese el contenido del  presente decreto al Gobernador titular del departamento Archipiélago de San  Andrés, Providencia y Santa Catalina, al Gobernador ad hoc  designado en el presente acto, a la Registraduría  Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral, para lo de su  competencia.    

Artículo 4°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá D. C., a los 11 de marzo de  2010.    

FABIO VALENCIA COSSIO.    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fabio Valencia Cossio.    

               

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