DECRETO 784 DE 2010
(marzo 11)
D.O. 47.648, marzo 11 de 2010
por el cual se acepta un impedimento y se nombra Alcalde ad hoc para el Distrito Especial, Industrial y Portuario Barranquilla, Atlántico.
El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales, en virtud del Decreto 718 del 5 de marzo de 2010, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 10 de la Ley 768 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que el señor Alejandro Char Chaljub, Alcalde Distrital de Barranquilla, mediante oficio del 12 de febrero de 2010, radicado en el Ministerio del Interior y de Justicia el 1° de marzo del mismo año, se declaró impedido y solicitó la designación de un Alcalde ad hoc para que desarrolle las funciones específicas en el proceso de votaciones, teniendo en cuenta la relación de parentesco en primer grado de consanguinidad que lo une con su progenitor señor Fuad Char Abdalá, quien es candidato al Senado de la República por el Partido Cambio Radical, en las elecciones que se llevarán a cabo el próximo 14 de marzo de 2010;
Que el artículo 10 de la Ley 768 de 2002, establece que el Presidente de la República será la autoridad competente para suspender o destituir al alcalde distrital, designar al alcalde encargado en casos de falta temporal o absoluta y convocar a elecciones para elegir el nuevo alcalde mayor, cuando ello sea procedente; precisando que en todos los casos corresponde al Presidente de la República designar el reemplazo del alcalde;
Que en virtud de lo anterior y, en cumplimiento a lo ordenado en las Resoluciones No. 0466 y 0464 del 3 de marzo de 2010, proferidas por el Consejo Nacional Electoral, se hace necesario designar un Alcalde Distrital ad hoc que actúe y asegure el normal desarrollo del proceso electoral, presidiendo la Comisión Distrital para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales y brindando todas las garantías a los candidatos y electores e intervenir como clavero en los escrutinios;
DECRETA:
Artículo 1°. Aceptar el impedimento manifestado por el doctor Alejandro Char Chaljub, Alcalde Distrital de Barranquilla – Atlántico, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto.
Artículo 2°. Como consecuencia de lo previsto en el artículo anterior, desígnase como Alcaldesa ad hoc del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla – Atlántico, a la doctora Emilia Carmen Fontalvo Fontalvo identificada con la cédula de ciudadanía número 22672071 expedida en Barranquilla, Atlántico, quien se desempeña como Directora Regional del Instituto de Bienestar Familiar de Barranquilla, Atlántico, para que actúe y asegure el normal desarrollo del proceso electoral, presidiendo la Comisión Distrital para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales y brindando todas las garantías a los candidatos y electores e intervenir como clavero en los escrutinios, en las elecciones que se llevarán a cabo el 14 de marzo de 2010 y hasta la culminación de los escrutinios, de conformidad con lo establecido en los considerandos del presente acto.
Artículo 3°. Comuníquese el contenido del presente decreto al Alcalde titular del Distrito de Barranquilla, a la Alcaldesa ad hoc designada en el presente acto, a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Consejo Nacional Electoral, para lo de su competencia.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a los 11 de marzo de 2010.
FABIO VALENCIA COSSIO.
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fabio Valencia Cossio.