DECRETO 668 DE 2010
(marzo 3)
D.O. 47.640, marzo 3 de 2010
por el cual se honra la memoria del maestro Jorge Villamil Cordovez.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 4a de 1913,
CONSIDERANDO:
Que ha fallecido en la ciudad de Bogotá, rodeado de la admiración, cariño y respeto de los colombianos, el maestro Jorge Villamil Cordovez, uno de los grandes del Huila y de la Patria toda.
Que el maestro Villamil, siendo médico de profesión, con su gracia inspiradora se consagró como gloria de la música colombiana y guardián del patrimonio cultural de la Nación.
Que el maestro Villamil, enriqueció al Huila, a Colombia y al mundo entero, con sus más de doscientas composiciones entre las que se destacan Espumas, Los Guaduales, Oropel, Luna Roja, Al Sur, Me llevarás en ti y Llamarada. Todas obras maestras que han sido expresión de los más variados ritmos nativos y que han sido interpretadas por consagradas figuras internacionales.
Que el maestro Villamil recibió en su largo periplo vital, numerosos reconocimientos que le valieron su consagración en el exterior y el engrandecimiento de su Patria.
Que el maestro Villamil, fue fundador y Presidente emérito de la Sociedad de Autores y Compositores de Colombia (Sayco), demostrando en ello su compromiso con la reivindicación de los artistas y gran impulsor del Festival Nacional del Bambuco, una de las expresiones más auténticas del folclor huilense.
Que es deber del Gobierno exaltar la memoria de los grandes de Colombia, a fin de que sean imitados y se conviertan en Norte y guía para la juventud de la Nación.
Que el Gobierno Nacional lamenta la desaparición del maestro de la tierra colombiana, Jorge Villamil Cordovez y la pérdida de su presencia bienhechora.
DECRETA:
Artículo 1°. El Gobierno Nacional manifiesta su profundo dolor por el fallecimiento del maestro Jorge Villamil Cordovez y expresa sus Condolencias y sentimientos de solidaridad a su hijo Jorge Villamil Ospina a su hermana Graciela Villamil, demás familiares y allegados.
Artículo 2°. El Gobierno Nacional expresa su más profundo dolor y se solidariza con el luto de los familiares del maestro Jorge Villamil Cordovez.
Artículo 3°. Copia del presente decreto se hará llegar en nota de estilo a sus familiares.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 3 de marzo de 2010.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Cultura,
Paula Marcela Moreno Zapata