DECRETO 587 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 587 DE 2010     

(febrero 24)    

D.O. 47.633, febrero 24 de 2010    

por el cual se  adiciona el Decreto 4317 de 2004.    

Nota: Ver Decreto 1076 de 2015,  Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo del artículo 89 de la Ley 99 de 1993,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Adiciónese un numeral al artículo 5° del Decreto 4317 de 2004,  el cual quedará así:    

“3. Subcuenta de  Inversiones Ambientales para Protección del Recurso Hídrico: Esta subcuenta estará  integrada por los recursos provenientes de los desincentivos económicos  establecidos por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico  –CRA–, en desarrollo del artículo 7° de la Ley 373 de 1997, en  los casos en que se presente disminución en los niveles de precipitación  ocasionados por fenómenos de variabilidad climática, con base en la información  que para el efecto divulgue el Ideam. Dichos recursos se destinarán a la  protección, reforestación y conservación de las cuencas hidrográficas  abastecedoras de acueductos municipales y a campañas que incentiven el uso eficiente  y ahorro de agua.    

Nota,  artículo 1º: Ver artículo 2.2.9.4.1.5. del Decreto 1076 de 2015,  Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.    

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C.,  a 24 de febrero de 2010.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Óscar Iván Zuluaga  Escobar.    

El Ministro de  Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,    

Carlos  Costa Posada.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *