DECRETO 4839 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 4839 DE 2010    

(diciembre 30)    

D.O. 47.938, diciembre 30 de 2010    

por el cual se reajustan los  valores absolutos del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo  145 de la Ley 488 de 1998, para  el año gravable 2011.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus  facultades legales, en especial la que le confiere el parágrafo 1° del artículo  145 de la Ley 488 de 1998,    

CONSIDERANDO:    

Que de acuerdo con el parágrafo 1° del artículo 145 de la  Ley 488 de 1998, los  valores absolutos que sirven de base para aplicar las tarifas del Impuesto  sobre Vehículos Automotores, deben ser reajustados anualmente por el Gobierno  Nacional.    

Que de acuerdo con el artículo 3º de la Ley 242 de 1995, el  Gobierno Nacional, al expedir normas que dispongan la actualización de valores  sujetos a su determinación por disposición legal, tendrá en cuenta la meta de  inflación como estimativo del comportamiento de los precios del año en que se  aplican dichos valores.    

Que la meta puntual de inflación para efectos legales  fijada por el Banco de la República para el año 2011, es del tres por ciento  (3%),    

DECRETA:    

Artículo 1°. A partir del primero (1°) de enero del año  dos mil once (2011), los valores absolutos para la aplicación de las tarifas  del Impuesto sobre Vehículos Automotores de que trata el artículo 145 numeral  primero de la Ley 488 de 1998, serán  los siguientes:    

1. Vehículos particulares:    

a) Hasta $36.810.000 1,5%    

b) Más de $36.810.000 y hasta 82.822.000 2,5%    

c) Más de $82.822.000 3,5%    

Artículo 2°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación  y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2010.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Carlos Echeverry Garzón.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *