DECRETO 4753 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 4753 DE 2010    

(diciembre 23)    

D.O.  47.932, diciembre 23 de 2010    

por el cual se autoriza el reconocimiento  en dinero de días compensatorios.    

El Presidente de  la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en desarrollo de  las normas señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Se  podrán reconocer y pagar en dinero los días compensatorios que se hubieren  causado hasta la fecha de publicación del presente decreto,  a favor de cada empleado público, siempre que  exista disponibilidad presupuestal y no se afecten los recursos para el pago de  horas extras que se vayan a causar en el resto de la presente vigencia.    

Artículo 2°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D.  C., a 23 de diciembre de 2010.    

JUAN MANUEL SANTOS  CALDERÓN    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Juan Carlos Echeverry Garzón.    

El Subdirector del  Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones  del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Jorge Luis Trujillo Alfaro              

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