DECRETO 4718 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 4718 DE 2010     

(diciembre 22)    

D.O.  47.931, diciembre 22 de 2010    

por el  cual se liquida la modificación al Presupuesto General de la Nación para la  vigencia fiscal de 2010, contenida en el Decreto  4627 del 13 de diciembre de 2010.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso  de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el  artículo 67 del Estatuto Orgánico de Presupuesto y en desarrollo de lo  dispuesto en el Decreto  4627 del 13 de diciembre de 2010,    

CONSIDERANDO:    

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del  Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de Liquidación del  Presupuesto General de la Nación;    

Que el citado artículo prevé que el decreto se  acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto;    

Que mediante Decreto  4627 del 13 de diciembre de 2010 se realizaron modificaciones presupuestales  a la Ley 1365 de 2009,  “por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de  Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de  2010”, por valor de cuatrocientos dos mil quinientos ochenta y siete millones  trescientos catorce mil setecientos noventa pesos ($402.587.314.790) moneda  legal,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Los ingresos y rentas del Presupuesto  Nacional y de los presupuestos de los Establecimientos Públicos del orden  nacional o asimilados por la ley a estos, incluidos los fondos especiales y las  contribuciones parafiscales que administran organismos que hacen parte del  Presupuesto General de la Nación señalados en el presente Decreto Legislativo,  se destinarán a la atención de los gastos que se requieran para conjurar la  crisis e impedir la extensión de sus efectos.    

Artículo 2°. Para conjurar la crisis, los recursos  a que se refiere el presente Decreto Legislativo deberán transferirse al Fondo  Nacional de Calamidades a que hace mención el Decreto 1547 de 1984.  Los ordenadores de gasto transferirán directamente los citados recursos al  Fondo Nacional de Calamidades mediante resolución expedida en la presente  vigencia fiscal.    

Artículo 3°. Contracréditos  al Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones. Efectúanse los  siguientes contracréditos en el Presupuesto General de la Nación para la  vigencia fiscal de 2010, por la suma de cuatrocientos dos mil quinientos  ochenta y siete millones trescientos catorce mil setecientos noventa pesos  ($402.587.314.790) moneda legal, según el siguiente detalle:    

Nota: Ver  D.O. 47931 pag. 8.    

Artículo  5°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del  gasto.    

Artículo  6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2010.    

JUAN  MANUEL SANTOS CALDERÓN    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan  Carlos Echeverry Garzón              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *