DECRETO 4677 DE 2010
(diciembre 17)
D.O. 47.929, diciembre 20 de 2010
por el cual se adicionan los artículos 6° y 7° del Decreto 5016 de 2009.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes) presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de establecer su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal para efecto de modificar la planta de Personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes).
Que el Consejo Directivo del (Icfes) decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal, según Acuerdo número 0008 del 28 de octubre de 2009.
Que a través del Decreto 5016 expedido el 28 de diciembre de 2009, se aprobó la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes).
Que en los artículos 6° y 7° del precitado decreto se estableció la garantía de protección especial para empleados en condición de prepensionados, madres o padres cabeza de familia sin alternativa económica, personas con limitaciones física, mental, visual o auditiva y mujeres embarazadas, consagrada en la legislación y la jurisprudencia vigentes.
Que con posterioridad a la remisión del estudio técnico de transformación de la entidad, varios empleados vinculados al Icfes acreditaron alguna de las condiciones previstas para la garantía de protección especial.
Que con posterioridad a la remisión del estudio técnico de transformación de la entidad, se extinguió la condición de madres o padres cabeza de familia sin alternativa económica, personas con limitaciones física, mental, visual o auditiva y mujeres embarazadas de dos (2) empleados del Icfes.
Que el Consejo Directivo del –ICFES– en sesión del 15 de enero de 2010 según consta en certificado emitido por su Secretario, autorizó a la Directora General del Instituto para someter a consideración del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal transitoria.
DECRETA:
Artículo 1°. Transitorio. Adiciónese al artículo 6° del Decreto 5016 de 2009, con los siguientes empleos públicos desempeñados por servidores públicos en condición de prepensionados, los cuales se mantendrán en la planta de cargos mientras conserven la condición que les otorga el supuesto de hecho que generó el beneficio, y extinguida la condición del beneficiario por circunstancias sobrevinientes, los empleos que se señalan a continuación, se entenderán automáticamente suprimidos:
Número empleos
Denominación del empleo
Código
Grado
2 (dos)
Técnico Administrativo
3124
12
3 (tres)
Auxiliar Administrativo
4044
15
Artículo 2°. Adiciónese al artículo 7° del Decreto 5016 de 2009, con los siguientes empleos cuyos servidores acreditaron su condición de madres o padres cabeza de familia sin alternativa económica, personas con limitaciones física, mental, visual o auditiva y mujeres embarazadas, quienes se mantendrán temporalmente en la planta de personal mientras conserven la condición que les otorga el reunir el supuesto de hecho que generó el beneficio; extinguida la condición de beneficiario por circunstancias sobrevinientes, el cargo quedará automáticamente suprimido:
Número de empleos
Denominación del empleo
Código
Grado
1 (uno)
Asesor
1020
08
1 (uno)
Técnico Operativo
3132
12
Número de empleos
Denominación del empleo
Código
Grado
1 (uno)
Técnico Administrativo
3124
09
1 (uno)
Técnico Administrativo
3124
08
1 (uno)
Secretario Bilingüe
4182
25
1 (uno)
Auxiliar Administrativo
4044
13
2 (dos)
Auxiliar Administrativo
4044
12
Artículo 3°. Suprímense del artículo 7° del Decreto 5016 de 2009, los siguientes empleos desempeñados por funcionarios a quienes se extinguió su condición de madres o padres cabeza de familia sin alternativa económica, personas con limitaciones física, mental, visual o auditiva y mujeres embarazadas:
Número de empleos
Denominación del empleo
Código
Grado
1 (uno)
Secretario Ejecutivo
4210
16
1 (uno)
Auxiliar Administrativo
4044
12
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los artículos 6° y 7° del Decreto 5016 de 2009 y las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 17 de diciembre de 2010.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Ministra de Educación Nacional,
María Fernanda Campo Saavedra.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.