DECRETO 4593 DE 2010
(diciembre 9)
D.O. 47.918, diciembre 9 de 2010
por el cual se designa Ministro de Comercio, Industria y Turismo Ad Hoc.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923, y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo de Ministros en sesión virtual del 1° de diciembre de 2010, con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó el impedimento manifestado por el doctor Sergio Diazgranados Guida, Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en el cual se declaró impedido para intervenir en su calidad de Ministro y en esta condición de Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Promoción Turística en los asuntos que interesen o involucren a la Asociación de Agencias de Viaje y Turismo, Anato, que se sometan a consideración y decisión del Consejo Directivo del Fondo de Promoción Turística en los cuales hubiere intervenido en su condición de Presidente de la referida asociación.
Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el Ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio será el Presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los ministros del despacho.
DECRETA:
Artículo 1°. Nómbrese como Ministro de Comercio, Industria y Turismo Ad Hoc al doctor Diego Molano Vega, Ministro de Tecnologías, de la Información y las Comunicaciones, para conocer y decidir sobre los asuntos que interesen o involucren a la Asociación de Agencias de Viaje y Turismo Anato, que se sometan a consideración y decisión del Consejo Directivo del Fondo de Promoción Turística.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2010.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN