DECRETO 4530 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 4530 DE 2010     

(diciembre 2)    

D.O. 47.911, diciembre 2 de 2010    

por el cual se  designa un Secretario General ad hoc.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y  legales, en especial las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 30 del Decreto 01 de 1984  y,    

CONSIDERANDO:    

Que atendiendo lo  previsto en la cláusula cuarta del Contrato de Fiducia Mercantil número 768 del  26 de diciembre de 2007, suscrito entre el Instituto Nacional de Vivienda de  Interés Social y Reforma Urbana Inurbe en Liquidación  y el Consorcio Par Inurbe en Liquidación –Fiduprevisora S. A. Fiduagraria  S. A., se hizo necesario conformar un Comité Fiduciario del Par Inurbe en Liquidación.    

Que el Comité Fiduciario del Par Inurbe en Liquidación, tiene entre sus funciones las de  verificar el cumplimiento de las obligaciones pactadas en el contrato y se  encarga de determinar políticas de gestión, verificar la información, aprobar y  autorizar gastos, aprobar el presupuesto anual de gastos, instruir la  contratación de asesorías y/o apoderados, realizar inspecciones, y junto con el  Fideicomitente, es destinatario de los informes de rendición de cuentas.    

Que en consecuencia, cualquier decisión del  Comité Fiduciario del Par Inurbe en Liquidación  constituye una instrucción contractual que debe ser ejecutada por la  Fiduciaria.    

Que según Resolución número 0208 del 4 de  febrero de 2010, modificatoria de la Resolución número 0037 del 11 de enero de  2008, el Comité Fiduciario del Par Inurbe en  Liquidación, está integrado por los siguientes representantes:    

• El Viceministro de Vivienda y Desarrollo  Territorial o su delegado, quien lo presidirá.    

• El Secretario General o su delegado.    

• El Jefe de la Oficina Jurídica o su  delegado.    

• El Coordinador del Grupo de Finanzas y  Presupuesto de la Secretaría General.    

• El Coordinador del Grupo de Pasivo Laboral.    

Que mediante Decreto  número 3263 del 7 de septiembre de 2010, fue nombrada la doctora, Claudia  Marcela Montealegre Gómez, identificada con la cédula de ciudadanía número  65769489 en el cargo de Secretaria General, Código 0035, Grado 22 de la planta  de personal del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.    

Que la doctora Claudia Marcela Montealegre  Gómez, Secretaria General del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo  Territorial, mediante escrito presentado el día 5 de noviembre del año en  curso, con radicado número 4000-3-143810, se declaró impedida para asistir al  Comité Fiduciario del Par Inurbe en Liquidación.    

Que la Secretaria General del Ministerio de  Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, manifestó su impedimento para  asistir al Comité Fiduciario del Par Inurbe en  Liquidación, teniendo en cuenta que su esposo, el doctor Germán Eduardo  Quintero Rojas, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Hacienda  y Crédito Público, es miembro de la Junta Directiva de la Fiduprevisora  S. A.    

Que la Fiduprevisora  S. A., integra junto con Fiduagraria S. A. el  Consorcio que en calidad de Fiduciario suscribió el Contrato de Fiducia  Mercantil número 768 del 26 de diciembre de 2007 denominado Par Inurbe en Liquidación, y que por tanto es vocera del  patrimonio autónomo.    

Que el artículo 40 de la Ley 734 de 2002  establece que: “Todo servidor público deberá declararse impedido para actuar en  un asunto cuando tenga interés particular y directo en su regulación, gestión,  control o decisión, o lo tuviere su cónyuge, compañero o compañera permanente,  o algunos de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo  de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho”.    

Que la norma en cita establece en su artículo  48 que: “Son faltas gravísimas las siguientes: (…) numeral 46. No declararse  impedido oportunamente, cuando exista la obligación de hacerlo, demorar el  trámite de las recusaciones, o actuar después de separado del asunto”.    

Que la señora Ministra de Ambiente, Vivienda y  Desarrollo Territorial, estudió la manifestación de impedimento formulada por  la doctora Claudia Marcela Montealegre Gómez, y en aplicación del artículo 30  del Código Contencioso Administrativo, expidió la Resolución número 2338 del 24  de noviembre de 2010, por medio de la cual se acepta el impedimento y se ordena  el envío de los documentos al señor Presidente de la República, para que se  sirva designar la persona que deberá conocer del asunto en cuestión.    

En mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Designar a la doctora Diana  Jimena Pereira Bonilla, identificada con la cédula de ciudadanía número  52086877, quien se desempeña como Director Técnico, Código 0100, Grado 22 de la  planta global del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,  para que conforme y asista al Comité Fiduciario Par Inurbe  como Secretaria General ad hoc.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir  de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de diciembre de  2010.    

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN    

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo  Territorial,    

Beatriz Elena Uribe Botero.    

               

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