DECRETO 4472 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 4472 DE 2010    

(noviembre 29)    

D.O. 47.908, noviembre 29 de 2010    

por el cual se delegan unas  funciones constitucionales.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Presidente de la República se trasladará entre los  días: 3 y 4 de diciembre de 2010 a la ciudad de Mar del Plata – Provincia de  Buenos Aires (República de Argentina), con el fin de asistir a la XX Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno.    

5 y 6 de diciembre de 2010 a la ciudad de Nueva York  (Estados Unidos de Norteamérica), con el fin de participar en una reunión con  la Corte Penal Internacional.    

7 de diciembre de 2010 a la ciudad de Cancún (México) con  el fin de asistir a la Cumbre de Cambio Climático.    

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales  y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro del Interior y de  Justicia está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales  como Ministro Delegatario.    

DECRETA:    

Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del  Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los  considerandos del presente decreto, deléganse en el  Ministro del Interior y de Justicia, doctor Germán Vargas Lleras, las funciones  legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:    

1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en  los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.    

2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al  ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la  República.    

3. Artículos 163, 165 y 166.    

4. Artículos 200 y 201.    

5. Artículos 213, 214 y 215.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a noviembre 29 de 2010.    

JUAN MANUEL SANTOS  CALDERÓN    

               

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