DECRETO 3908 DE 2010

Decretos 2010

DECRETO 3908 DE 2010     

(octubre 20)    

por el cual se  modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto  325 del 3 de febrero de 2010.    

Nota: Aclarado por el Decreto 4462 de 2010.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales, y en  particular, las previstas en los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del  Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con  los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes  del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros,  podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales,  entre otros cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el  Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año  puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban  pagarse con cargo a tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o  someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;    

Que el Gobierno  Nacional previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 325 de 2010  mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de  la Nación por la suma de $5.822,2 mil millones;    

Que el Consejo de  Ministros, el 21 de enero de 2010 facultó al Consejo Superior de Política  Fiscal, Confis, para emitir el concepto previo de que  trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el evento en que  nuevas circunstancias permitan modificar o levantar el aplazamiento total o  parcialmente;    

Que el artículo 5° del  Decreto  325 del 3 de febrero de 2010, estableció que el Gobierno Nacional, previo  concepto del Consejo Superior de Política Fiscal, Confis,  podrá sustituir una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el  monto aplazado y el impacto fiscal del mismo;    

Que el Departamento  Nacional de Planeación, mediante Comunicación número GPR-  20106830006021 del 1° de septiembre de 2010, solicitó modificar el aplazamiento  de algunas partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación, DNP, emitió concepto favorable  mediante Oficio número DIFP- 20102660003986 del 30 de  agosto de 2010;    

Que el Departamento  Administrativo de Seguridad, DAS, mediante Comunicación número DIR-824909 del  1° de septiembre de 2010, solicitó aplazar algunas partidas del presupuesto de  gastos de funcionamiento;    

Que el Ministerio de  Relaciones Exteriores, mediante Comunicación DSG/DAF número 57644 del 29 de septiembre de 2010, solicitó  modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de  funcionamiento del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores  incluidas en el Decreto 325 de 2010;    

Que el Ministerio de  Hacienda y Crédito Público, mediante Comunicaciones números 2.2-3-2010-020650,  2.2-3-2010-021192 y 2.2.3-2010-022672 del 8, 14 y 22 de septiembre de 2010,  respectivamente, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del  presupuesto de gastos de funcionamiento e inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación, DNP, emitió concepto  favorable, mediante Oficios números DIFP-20102650004046  y DIFP-20102650004386 del 3 y 20 de septiembre de  2010, respectivamente;    

Que el Ministerio de  Minas y Energía, mediante Comunicación número 2010051801 del 5 de octubre de  2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de  gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación, DNP, emitió concepto  favorable mediante Oficio número DIFP- 20102660004686  del 30 de septiembre de 2010;    

Que el Ministerio de Educación  Nacional, mediante Comunicación número 2010EE73800  del 5 de octubre de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas  partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento e inversión incluidas en  el Decreto 325 de 2010;  y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación, DNP, emitió concepto  favorable mediante Oficio número DIFP-20102650004906  del 5 de octubre de 2010;    

Que el Fondo de  Bienestar Social de la Contraloría General de la República, mediante  Comunicación número 1003793 del 13 de septiembre de 2010, solicitó modificar el  aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de funcionamiento e  inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación, DNP, emitió concepto  favorable mediante Oficio número DIFP-20102660004106  del 3 de septiembre de 2010;    

Que el Ministerio de Cultura, mediante  Comunicación número 120-00329-2010 del 15 de septiembre de 2010, solicitó  modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de  inversión del sector incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación, DNP, emitió concepto  favorable mediante Oficio número DIFP-20102650003906  del 7 de septiembre de 2010;    

Que la Auditoría General de la República,  mediante Comunicaciones números 20102310055531 y 20102310055511 del 5 de  octubre de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto  de gastos de funcionamiento e inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010;  y sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación, DNP, emitió concepto  favorable mediante Oficio número DIFP-20102660004856  del 5 de octubre de 2010;    

Que el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles  Nacionales de Colombia, mediante Comunicación número OPS20101200106451  del 2 de julio de 2010, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas  del presupuesto de gastos de funcionamiento incluidas en el Decreto 325 de 2010;    

Que la Dirección General de Presupuesto  Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante  Comunicaciones números 3-2010-020484 y 3-2010-023984, del 3 de septiembre y 5  de octubre de 2010, respectivamente, informa que se estiman sobrantes de apropiación  en el Instituto de Seguros Sociales, por lo que dichos recursos son  susceptibles de ser aplazados;    

Que el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en su sesión del 6 de octubre de 2010, una vez  verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo,  emitió concepto favorable para modificar algunas partidas por la suma de  setenta y ocho mil ciento treinta y seis millones trescientos setenta mil  quinientos cincuenta y seis pesos moneda legal ($78.136.370.556);    

DECRETA:    

Artículo 1°. Aclarado por el Decreto 4462 de 2010,  artículo 3º. Desaplazar el Presupuesto de  Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de setenta y seis mil  seiscientos treinta y seis millones trescientos setenta mil quinientos  cincuenta y seis pesos ($76.636.370.556) moneda legal, según el siguiente  detalle:    

Dice:    

Nota: Ver Diario Oficial 47.908,  pag. 13    

Texto inicial del artículo 1º.: “Desaplazar  el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de setenta  y ocho mil ciento treinta y seis millones trescientos setenta mil quinientos  cincuenta y seis pesos moneda legal ($78.136.370.556), según el siguiente detalle:    

DESAPLAZAMIENTO –  PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN.”.    

Nota: Ver  Diario Oficial 47.868, pag. 8    

Artículo 2°. Aclarado por el Decreto 4462 de 2010,  artículo 4º. Aplazar el  Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de setenta y  seis mil seiscientos treinta y seis millones trescientos setenta mil quinientos  cincuenta y seis pesos ($76.636.370.556) moneda legal, según el siguiente  detalle:    

Dice:    

Nota: Ver Diario Oficial 47.908,  pag. 14    

Texto inicial del artículo 2º.: “Aplazar el  Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de setenta y  ocho mil ciento treinta y seis millones trescientos setenta mil quinientos  cincuenta y seis pesos moneda legal ($78.136.370.556), según el siguiente  detalle:    

APLAZAMIENTO – PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN.”.    

Nota: Ver  Diario Oficial 47.868, pag. 9    

Artículo 3°. Vigencia.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá,  D. C., a 20 de octubre de 2010.    

JUAN MANUEL  SANTOS CALDERÓN    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Juan Carlos Echeverry Garzón.    

               

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